Según el art. 202.2 del Código Penal, ¿qué circunstancia del allanamiento de morada lleva la pena a prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses?
- Que se ejecute durante las horas nocturnas
- Que se ejecute con armas o medios peligrosos
- Que se ejecute con violencia o intimidación
- Que se ejecute actuando en grupo o en cuadrilla
El art. 202.2 nombra una sola circunstancia, la violencia o intimidación. La noche, las armas y la actuación en grupo no aparecen en el artículo.
2. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.