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Los atentados contra la autoridad, la resistencia y la desobediencia

14 preguntas · en 1 colección

El capítulo II del título XXII del libro II del Código Penal (artículos 550 a 556): quiénes son reos de atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, cuándo se agrava, a quién más protegen estas penas, la provocación, la conspiración y la proposición, la resistencia y la desobediencia graves y la falta de respeto y consideración a la autoridad. La disposición común del artículo 562, que también los alcanza, va con los desórdenes públicos.

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Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el art. 550.1 del Código Penal, ¿qué funcionarios nombra al decir que los actos cometidos contra ellos se considerarán «en todo caso» actos de atentado?

  • Los bomberos o los de socorro
  • Los docentes o sanitarios
  • Los de prisiones o de justicia
  • Los de correos o aduanas

El segundo párrafo del art. 550.1 nombra a los funcionarios docentes o sanitarios, en el ejercicio de las funciones propias de su cargo o con ocasión de ellas. Bomberos y equipos de socorro no están en ese párrafo: los recoge el art. 554.3.a), con sus propias condiciones. Los demás funcionarios públicos entran por el párrafo primero, sin que el artículo los nombre.

En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

¿Cuál de estos cargos figura en la lista del art. 550.3 del Código Penal, la de las autoridades cuyo atentado lleva prisión de uno a seis años?

  • Miembro de una Corporación local
  • Consejero del Tribunal de Cuentas
  • Defensor del Pueblo
  • Delegado del Gobierno

El art. 550.3 incluye a los miembros de las Corporaciones locales, junto al Gobierno, los Consejos de Gobierno autonómicos, el Congreso, el Senado, las Asambleas Legislativas autonómicas, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, jueces, magistrados y Ministerio Fiscal. La lista no nombra a los otros tres cargos: si son autoridad, el atentado contra ellos sigue la regla del art. 550.2.

si la autoridad contra la que se atentare fuera miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones locales, del Consejo General del Poder Judicial, Magistrado del Tribunal Constitucional, juez, magistrado o miembro del Ministerio Fiscal, se impondrá la pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Una persona acomete a una autoridad en el ejercicio de las funciones de su cargo. Según el Código Penal, ¿de qué delito es reo?

  • Resistencia
  • Desobediencia
  • Atentado
  • Falta de respeto y consideración

Decide el verbo: el art. 550.1 hace reos de atentado a quienes agreden o acometen a la autoridad. Si en vez de acometer le faltara al respeto y consideración debida, el hecho sería el del art. 556.2. Resistir o desobedecer gravemente, fuera del art. 550, es el art. 556.1.

Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Según el art. 553 del Código Penal, para los delitos de los artículos anteriores, ¿qué se castiga con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente?

  • La provocación, la conspiración y la proposición
  • La provocación, la apología y el encubrimiento
  • La conspiración, la complicidad y el encubrimiento
  • La proposición, la tentativa y la complicidad

El art. 553 prevé las tres formas que los arts. 17 y 18 solo castigan cuando la ley lo dice. Ni la complicidad ni la tentativa necesitan esa previsión, porque tienen regla general, y el encubrimiento es un delito propio del art. 451. La apología del art. 18.1 solo es delictiva como forma de provocación, y este artículo no la nombra.

La provocación, la conspiración y la proposición para cualquiera de los delitos previstos en los artículos anteriores, será castigada con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Según el art. 551.4.º del Código Penal, ¿en qué lugar sitúa el motín, plante o incidente colectivo con cuya ocasión se cometen los hechos?

  • En un centro de internamiento de menores
  • En un centro de internamiento de extranjeros
  • En el interior de un centro penitenciario
  • En la sede de un órgano judicial

El ordinal 4.º del art. 551 nombra un solo lugar, el interior de un centro penitenciario, tanto para el motín como para el plante o el incidente colectivo. Los otros tres lugares no aparecen en el artículo.

4.º Cuando los hechos se lleven a cabo con ocasión de un motín, plante o incidente colectivo en el interior de un centro penitenciario.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre
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Según el art. 554.1 del Código Penal, ¿qué se exige para castigar con las penas de los arts. 550 y 551 los hechos cometidos contra un miembro de las Fuerzas Armadas?

  • Que vista uniforme, aunque no preste un servicio legalmente encomendado
  • Que preste un servicio legalmente encomendado, aunque no vista uniforme
  • Que vista uniforme y preste un servicio legalmente encomendado
  • Que vista uniforme o preste un servicio legalmente encomendado

El art. 554.1 pide las dos cosas a la vez: vestir uniforme y estar prestando un servicio que le haya sido legalmente encomendado. Falte una de ellas, el hecho no entra en este apartado.

1. Los hechos descritos en los artículos 550 y 551 serán también castigados con las penas expresadas en ellos cuando se cometieren contra un miembro de las Fuerzas Armadas que, vistiendo uniforme, estuviera prestando un servicio que le hubiera sido legalmente encomendado.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Según el art. 551 del Código Penal, si el atentado se comete haciendo uso de armas u otros objetos peligrosos, ¿qué penas se imponen respecto de las del art. 550?

  • Las mismas, en su mitad superior
  • Las superiores en grado
  • Las superiores en uno o dos grados
  • Las mismas, más multa

El art. 551 sube de grado las penas del artículo anterior, las que correspondan en cada caso. No es la mitad superior, que es el efecto del uso de armas en el robo del art. 242.3, ni una subida de uno o dos grados. Tampoco añade otra pena.

Se impondrán las penas superiores en grado a las respectivamente previstas en el artículo anterior siempre que el atentado se cometa: 1.º Haciendo uso de armas u otros objetos peligrosos.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Una persona, con violencia, opone resistencia grave a un agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones. Según el Código Penal, ¿de qué delito es reo?

  • Resistencia
  • Desobediencia
  • Falta de respeto y consideración
  • Atentado

Decide la violencia: el art. 550.1 llama atentado a la resistencia grave opuesta con intimidación grave o violencia. Sin ninguna de las dos, quien resiste gravemente al agente queda en el art. 556.1, que alcanza solo a los que no están comprendidos en el art. 550. Desobedecer y faltar al respeto son otros verbos, de ese mismo art. 556.

Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Según el art. 554.2 del Código Penal, ¿qué conductas castiga con las penas de los arts. 550 y 551 cuando se dirigen contra las personas que acuden en auxilio de la autoridad, sus agentes o funcionarios?

  • Faltarles al respeto y a la consideración debida
  • Resistirlas o desobedecerlas gravemente
  • Negarles el paso o impedirles el auxilio
  • Acometerlas, emplear violencia o intimidarlas

El art. 554.2 nombra tres verbos: acometer, emplear violencia e intimidar. Resistir o desobedecer es el art. 556.1 y faltar al respeto es el art. 556.2, y ninguno de los dos protege a quien acude en auxilio. Impedir el auxilio no está en el apartado.

2. Las mismas penas se impondrán a quienes acometan, empleen violencia o intimiden a las personas que acudan en auxilio de la autoridad, sus agentes o funcionarios.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Una persona desobedece gravemente al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolla actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Según el Código Penal, ¿qué pena de prisión señala para esa conducta?

  • De tres a seis meses
  • De tres meses a un año
  • De seis meses a tres años
  • De uno a cuatro años

Decide el verbo. Con ese personal, y dadas esas condiciones, desobedecer gravemente es el art. 556.1: prisión de tres meses a un año o, a elegir, multa de seis a dieciocho meses. Si en vez de desobedecer lo acometiera, empleara violencia o lo intimidara gravemente, sería el art. 554.3.b), con las penas de los arts. 550 y 551: al no ser autoridad, prisión de seis meses a tres años. La prisión de uno a cuatro años es la del atentado contra autoridad, y la de tres a seis meses, la de los arts. 557 bis y 558.

1. Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Según el art. 556.2 del Código Penal, ¿qué clase de pena corresponde a los que faltan al respeto y consideración debida a la autoridad en el ejercicio de sus funciones?

  • Prisión
  • Prisión o multa
  • Prisión y multa
  • Multa

El art. 556.2 solo señala multa, de uno a tres meses. Prisión o multa, a elegir, es lo del art. 556.1; prisión y multa juntas, lo del atentado contra autoridad del art. 550.2; y prisión sola, lo del atentado en los demás casos.

2. Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de multa de uno a tres meses.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Según el art. 556.2 del Código Penal, ¿a quién se refiere la falta de respeto y consideración debida que castiga?

  • A los agentes de la autoridad
  • Al personal de seguridad privada
  • A la autoridad
  • A los funcionarios públicos

El art. 556.2 nombra solo a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones. El art. 556.1 sí añade a sus agentes y al personal de seguridad privada, y el art. 550.1, a sus agentes y a los funcionarios públicos. Las faltas de respeto a un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que no sean infracción penal están en otra norma, el art. 37.4 de la Ley Orgánica 4/2015.

2. Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Según el art. 550.2 del Código Penal, ¿con qué pena de prisión se castigan los atentados que no son contra autoridad?

  • De tres meses a un año
  • De seis meses a tres años
  • De uno a cuatro años
  • De uno a seis años

El art. 550.2 reserva la prisión de uno a cuatro años, con multa, al atentado contra autoridad, y para «los demás casos» señala la de seis meses a tres años. Uno a seis años es del art. 550.3, para las autoridades de su lista, y tres meses a un año es del art. 556.1. Otra norma, el art. 7.2 de la Ley Orgánica 2/1986, da a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad consideración de autoridad, al efecto de su protección penal, en el atentado con armas de fuego, explosivos u otros medios de agresión de análoga peligrosidad que puedan poner en peligro grave su integridad física.

Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre

Según el art. 551.2.º del Código Penal, ¿qué exige del acto de violencia con el que se comete el atentado?

  • Que resulte potencialmente peligroso para la vida o pueda causar lesiones graves
  • Que cause de hecho la muerte o lesiones graves a alguna persona
  • Que lo ejecuten más de dos personas actuando en grupo
  • Que se dirija a la vez contra varias autoridades o varios de sus agentes

El art. 551.2.º mira al peligro y a lo que el acto puede causar, no al resultado: basta que resulte potencialmente peligroso para la vida de las personas o que pueda causar lesiones graves. Ni el número de autores ni el de personas atacadas están en este ordinal.

2.º Cuando el acto de violencia ejecutado resulte potencialmente peligroso para la vida de las personas o pueda causar lesiones graves.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre