Según el art. 125 del Código Penal, cuando el Juez o Tribunal fracciona el pago del responsable civil, ¿a qué atiende para señalar el período e importe de los plazos?
- A las posibilidades económicas del responsable y a sus circunstancias personales
- A las circunstancias personales del responsable y a la mayor o menor gravedad del hecho
- A la mayor o menor gravedad del hecho y a las necesidades del perjudicado
- A las necesidades del perjudicado y a las posibilidades económicas del responsable
Los plazos se fijan según el prudente arbitrio del Juez o Tribunal y atendiendo a dos cosas: lo que necesita quien ha de cobrar y lo que puede pagar quien debe. Las circunstancias personales y la mayor o menor gravedad del hecho son los criterios del art. 66.1.6.ª para graduar la pena, no los de este fraccionamiento.
podrá fraccionar su pago, señalando, según su prudente arbitrio y en atención a las necesidades del perjudicado y a las posibilidades económicas del responsable, el período e importe de los plazos.