Según el art. 160.1 del Código Penal, ¿qué pena de prisión señala para la utilización de la ingeniería genética para producir armas biológicas o exterminadoras de la especie humana?
- De uno a cuatro años
- De uno a cinco años
- De dos a seis años
- De tres a siete años
El art. 160.1 fija prisión de tres a siete años, además de la inhabilitación especial. Las demás opciones son marcos de artículos vecinos: uno a cinco, los apartados 2 y 3 del mismo art. 160; dos a seis, los arts. 159.1 y 161.1; uno a cuatro, el art. 157.
La utilización de la ingeniería genética para producir armas biológicas o exterminadoras de la especie humana, será castigada con la pena de prisión de tres a siete años