Capítulo III del título I: familia, empleo, Seguridad Social, salud, cultura, medio ambiente, vivienda, juventud, discapacidad, tercera edad y consumidores.
Así son sus preguntas
¿Qué encomienda el artículo 43.2 a los poderes públicos respecto de la salud pública?
Organizarla y tutelarla
Financiarla y gestionarla
Planificarla y coordinarla
Regularla e inspeccionarla
Organizarla y tutelarla. Financiar, gestionar, planificar o inspeccionar no son los verbos del 43.2.
Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública
Según el artículo 43.3, junto con la educación física y el deporte, ¿qué otra educación fomentarán los poderes públicos?
La artística
La sanitaria
La ambiental
La alimentaria
La educación sanitaria, que abre la lista del 43.3: «la educación sanitaria, la educación física y el deporte». La artística, la ambiental o la alimentaria no aparecen en él.
Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte.
Según el artículo 39.1, ¿qué protección de la familia aseguran los poderes públicos?
La social, económica y jurídica
La social, sanitaria y educativa
La jurídica, fiscal y laboral
La económica, sanitaria y jurídica
Social, económica y jurídica: las tres que nombra el 39.1. La salud y la educación tienen sus propios artículos (43 y 27), pero no son la protección que este apartado asegura a la familia.
Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.
Además de impulsar políticas para las personas con discapacidad, ¿qué fomentarán los poderes públicos según el artículo 49.2?
La contratación de estas personas
El voluntariado de sus familias
La creación de centros especiales
La participación de sus organizaciones
La participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. El 49.2 no menciona la contratación, el voluntariado ni los centros especiales.
Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca.
¿Mediante qué promoverán los poderes públicos el bienestar de los ciudadanos durante la tercera edad?
Mediante un sistema de servicios sociales
Mediante una red pública de residencias
Mediante un seguro obligatorio de dependencia
Mediante ayudas directas a sus cuidadores
Mediante un sistema de servicios sociales (art. 50). Las residencias, el seguro de dependencia o las ayudas a los cuidadores no se nombran en el artículo.
promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales
Según el artículo 50, ¿cómo garantizarán los poderes públicos la suficiencia económica de los ciudadanos durante la tercera edad?
Con una renta mínima igual en todo el territorio nacional
Con pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas
Con ayudas a las familias que los tengan a su cargo
Con pensiones fijadas por cada Comunidad Autónoma
Con pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas: es el medio que el 50 nombra para la suficiencia económica en la tercera edad. Ni una renta mínima ni las ayudas a las familias aparecen en él, y el artículo no menciona a las Comunidades Autónomas.
Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad.
Según el artículo 49.1, ¿en qué condiciones ejercen las personas con discapacidad los derechos previstos en el Título I?
De igualdad de oportunidades y no discriminación
De protección especial y tutela pública
De accesibilidad universal y ajustes razonables
De libertad e igualdad reales y efectivas
En condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas (49.1, en la redacción de 2024). La protección especial sale en el mismo apartado, pero no como la condición en que se ejercen los derechos, y la igualdad de oportunidades o los ajustes razonables no son la fórmula del 49.1.
Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas.