¿Pueden ser diferentes entre sí los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas?
- Sí, pero sin privilegios económicos o sociales
- No: han de ser iguales para todas las Comunidades
- Sí, pero solo durante el régimen transitorio
- No: todas han de tener las mismas competencias
Sí: el 138.2 da por hecho que los Estatutos pueden ser diferentes y les pone un límite: esas diferencias «no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales». No exige que sean iguales ni que asuman las mismas competencias, y no ciñe la diferencia a un régimen transitorio.
Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.