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Test de Los tratados internacionales

Un bloque de Constitución Española de 1978 · 15 preguntas

Capítulo III del título III: la cesión de competencias, la autorización de las Cortes, el control previo y la eficacia de los tratados.

Estudias la colección entera, con este bloque dentro: cada día, solo las preguntas que se te iban a caer.

Así son sus preguntas

¿Qué procedimiento se sigue, según el artículo 96.2, para denunciar un tratado internacional?

  • El de la reforma constitucional del artículo 167
  • La autorización previa del Congreso, en todos los casos
  • El mismo previsto para su aprobación en el artículo 94
  • Una ley orgánica aprobada por el Congreso

El mismo que para aprobarlo, según el artículo 94: si para obligarse hizo falta la autorización previa de las Cortes, también hace falta para denunciarlo. El 96.2 no remite a la reforma constitucional ni a una ley orgánica. Ni exige siempre la autorización de las Cortes: depende de lo que exigió su aprobación.

Para la denuncia de los tratados y convenios internacionales se utilizará el mismo procedimiento previsto para su aprobación en el artículo 94.
Constitución Española de 1978

Además de los que modifiquen o deroguen alguna ley, ¿qué otros tratados incluye el artículo 94.1.e)?

  • Los que exijan medidas legislativas para su ejecución
  • Los que necesiten un reglamento del Gobierno para aplicarse
  • Los que afecten a competencias de las Comunidades Autónomas
  • Los que deban publicarse en el Boletín Oficial del Estado

Los que exijan medidas legislativas para su ejecución: si para cumplir el tratado hay que legislar, las Cortes lo autorizan antes. Un desarrollo reglamentario no basta para entrar en la lista, el 94.1 no menciona las competencias autonómicas, y la publicación no es una de sus clases.

Tratados o convenios que supongan modificación o derogación de alguna ley o exijan medidas legislativas para su ejecución.
Constitución Española de 1978

Según el artículo 93, ¿mediante qué norma puede autorizarse un tratado que atribuya competencias a una organización internacional?

  • Una ley ordinaria
  • Una ley de bases
  • Una ley de armonización
  • Una ley orgánica

Ley orgánica: ese rango es lo que distingue los tratados del 93 de los del 94. La ley de armonización es la del 150.3, y la de bases, la de la delegación legislativa del 82.

Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional
Constitución Española de 1978

Según el artículo 93, ¿a quién corresponde garantizar el cumplimiento de los tratados que ceden competencias?

  • Al Tribunal Constitucional y al Gobierno
  • A las Cortes o al Gobierno, según los casos
  • Al Gobierno, por la política exterior
  • A las Cortes, que autorizan el tratado

A las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos: el 93 reparte la garantía entre los dos y no la reserva a ninguno. El Tribunal Constitucional no aparece en este artículo; su papel con los tratados es otro, el del 95.2.

Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados
Constitución Española de 1978

¿Puede una ley posterior de las Cortes Generales derogar las disposiciones de un tratado ya incorporado?

  • Sí, como cualquier ley posterior deroga a la anterior
  • No: solo como prevea el tratado o el Derecho internacional
  • No, salvo que lo autorice el Tribunal Constitucional
  • Sí, si la ley que lo deroga tiene rango orgánico

No: las disposiciones de un tratado solo se derogan, modifican o suspenden en la forma prevista en el propio tratado o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional. Una ley interna, ordinaria u orgánica, no basta, y la Constitución no da esa llave al Tribunal Constitucional.

Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional.
Constitución Española de 1978

Según el artículo 93, ¿qué puede atribuirse por tratado a una organización o institución internacional?

  • La titularidad de las competencias derivadas de la Constitución
  • El ejercicio de la soberanía nacional en las materias cedidas
  • El ejercicio de competencias derivadas de la Constitución
  • La titularidad de la soberanía nacional en las materias cedidas

El ejercicio de competencias derivadas de la Constitución: el 93 habla del ejercicio, no de la titularidad, y de competencias, no de la soberanía nacional, que ese artículo no menciona.

el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución
Constitución Española de 1978

Además de los propios tratados, ¿qué otro cumplimiento abarca la garantía del artículo 93?

  • El de las resoluciones de los organismos titulares de la cesión
  • El de las sentencias de los tribunales de cada Estado parte
  • El de los dictámenes del Consejo de Estado sobre el tratado
  • El de los acuerdos de las Comunidades Autónomas que lo apliquen

El de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión: si se les cede el ejercicio de competencias, lo que deciden también ha de cumplirse. El 93 no menciona sentencias de otros Estados, ni dictámenes del Consejo de Estado, ni acuerdos autonómicos.

y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión
Constitución Española de 1978

Según el artículo 94.1, ¿qué requiere la prestación del consentimiento del Estado en los tratados que enumera?

  • La posterior convalidación del Congreso
  • El dictamen previo del Consejo de Estado
  • La previa autorización de las Cortes Generales
  • La previa autorización del Congreso de los Diputados

La previa autorización de las Cortes Generales: de las dos Cámaras, y antes de que el Estado se obligue. No basta el Congreso, y no es una convalidación posterior. El Consejo de Estado es el órgano consultivo del Gobierno (art. 107) y el 94 no lo nombra.

La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales
Constitución Española de 1978

Según el artículo 96.1, ¿cuándo forma parte del ordenamiento interno un tratado internacional?

  • Una vez válidamente celebrado, aunque no se haya publicado aún
  • Una vez autorizado por las Cortes y publicado oficialmente en España
  • Una vez autorizado por las Cortes, aunque no se haya publicado aún
  • Una vez válidamente celebrado y publicado oficialmente en España

Hacen falta las dos cosas: que se haya celebrado válidamente y que se publique oficialmente en España. La autorización de las Cortes es un paso previo, y solo de algunos tratados (94.1): no es la celebración ni lo que los incorpora; y sin la publicación oficial no forman parte del ordenamiento interno.

Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno.
Constitución Española de 1978

El artículo 94.1.c) incluye los tratados que afecten a ciertos derechos y deberes. ¿A cuáles?

  • A los de la Sección primera del Capítulo segundo
  • A los que protege el recurso de amparo
  • A los reconocidos por la Declaración Universal
  • A los fundamentales establecidos en el Título I

A los derechos y deberes fundamentales establecidos en el Título I, sin ceñirlos a la Sección primera ni a los que tienen recurso de amparo. La Declaración Universal sirve para interpretar esos derechos (art. 10.2), no para delimitar este apartado.

Tratados o convenios que afecten a la integridad territorial del Estado o a los derechos y deberes fundamentales establecidos en el Título I.
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