¿Cuántos Diputados o Senadores hacen falta para interponer un recurso de inconstitucionalidad?
- Veinticinco
- Cincuenta
- La décima parte de la Cámara
- Setenta y cinco
Cincuenta Diputados o cincuenta Senadores. Están legitimados además el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo y los órganos ejecutivos y asambleas de las Comunidades Autónomas.
Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.