Según la Ley 40/2015, ¿mediante qué norma se crea una fundación del sector público estatal?
- Mediante una ley, que establece los fines de la fundación
- Mediante acuerdo del Consejo de Ministros, que fija sus fines
- Mediante orden del Ministerio que vaya a ejercer el protectorado
- Mediante escritura pública inscrita en el Registro de Fundaciones
El artículo 133.1 exige ley para crear una fundación del sector público estatal, y también para que una fundación adquiera ese carácter de forma sobrevenida; esa ley fija sus fines y, en su caso, sus recursos. El acuerdo del Consejo de Ministros es lo que autoriza la creación de una sociedad mercantil estatal (artículo 114), no la de una fundación. La escritura pública inscrita en el Registro es la vía de las fundaciones privadas de la Ley 50/2002, no la de las estatales.
1. La creación de las fundaciones del sector público estatal o la adquisición de este carácter de forma sobrevenida se realizará por ley que establecerá los fines de la fundación y, en su caso, los recursos económicos con los que se le dota.