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Los principios y la organización del sector público institucional

15 preguntas · en 1 colección

Los capítulos I y II del título II de la Ley 40/2015: los principios del sector público institucional y su inventario, la composición y la clasificación del estatal, el control de eficacia y la supervisión continua, los medios propios, las transformaciones y la presencia equilibrada de mujeres y hombres, con las entidades que conservan su régimen propio, como la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el Centro Nacional de Inteligencia o el Banco de España.

Colecciones que lo incluyen

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 15 preguntas que contiene en total.

El artículo 84.2 de la Ley 40/2015 impide a la Administración General del Estado crear o controlar, sola o con otros, entidades de un tipo distinto de las que enumera la ley. ¿Cuál de estos casos queda expresamente exceptuado de esa prohibición?

  • En su participación en una entidad de ámbito supranacional
  • En una asociación privada creada junto con otras Administraciones
  • En una cooperativa que controle a través de una sociedad estatal
  • En una mutua privada que controle de forma solo indirecta

El segundo párrafo del artículo 84.2 deja fuera de la prohibición la participación del Estado en organismos internacionales o entidades de ámbito supranacional, en los organismos de normalización y acreditación nacionales y en las sociedades de la Ley 27/1984. Las otras tres caen de lleno en ella: la ley prohíbe crear esas entidades «por sí misma ni en colaboración con otras entidades públicas o privadas», y ejercer su control «directa ni indirectamente», con independencia de su naturaleza.

Lo dispuesto en este apartado no será de aplicación a la participación del Estado en organismos internacionales o entidades de ámbito supranacional
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Según la Ley 40/2015, ¿en cuál de estos entes puede transformarse una sociedad mercantil estatal?

  • En un consorcio del sector público estatal
  • En una autoridad administrativa independiente
  • En un organismo autónomo estatal
  • En un fondo sin personalidad jurídica

El artículo 87.1 permite que cualquier organismo autónomo, entidad pública empresarial, agencia estatal, sociedad mercantil estatal o fundación del sector público estatal se transforme en cualquiera de los otros de esa misma lista. El organismo autónomo está en ella; los consorcios, las autoridades administrativas independientes y los fondos sin personalidad jurídica, aunque son del sector público institucional estatal (art. 84.1), quedan fuera del juego de transformaciones.

Cualquier organismo autónomo, entidad pública empresarial, agencias estatales, sociedad mercantil estatal o fundación del sector público institucional estatal podrá transformarse y adoptar la naturaleza jurídica de cualquiera de las entidades citadas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

La Ley 40/2015 reconoce un régimen propio a varias entidades y solo se les aplica en lo que sus normas no prevean. ¿Cuál de ellas se rige en primer término por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea?

  • La Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • El Banco de España
  • El Centro Nacional de Inteligencia
  • El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria

La disposición adicional decimonovena dice que el Banco de España, como banco central nacional, se rige en primer término por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, el Reglamento (UE) 1024/2013 y su Ley de Autonomía, la 13/1994. La Agencia Tributaria (DA 17.ª) y el CNI (DA 18.ª) también tienen régimen propio, pero el primero que mencionan es su legislación o normativa específica, no el Derecho de la Unión; y el FROB es, para la ley, una autoridad administrativa independiente (DA 20.ª).

El Banco de España en su condición de banco central nacional se regirá, en primer término, por lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Según la Ley 40/2015, ¿qué ley fija las condiciones y requisitos que debe cumplir una entidad del sector público institucional para ser considerada medio propio y servicio técnico?

  • La Ley 47/2003, General Presupuestaria
  • La Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas
  • La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
  • La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

El artículo 86.1 no enumera esas condiciones: remite a las «establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público», que es la que regula los encargos a medios propios. La Ley 47/2003 aparece en este capítulo por otra razón (el control de la Intervención General y las universidades no transferidas), y ni la Ley 33/2003 ni la Ley 39/2015 regulan el medio propio.

cuando cumplan las condiciones y requisitos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Según el artículo 84 bis de la Ley 40/2015, además de a los máximos responsables y al personal de alta dirección, ¿a qué se extiende en cada entidad del sector público institucional estatal la representación equilibrada entre mujeres y hombres?

  • A la plantilla de su personal laboral fijo y temporal
  • A su plantilla de funcionarios de carrera
  • A la composición de sus órganos colegiados de gobierno
  • A los puestos de sus oficinas de atención al público

El artículo 84 bis aplica la representación equilibrada, con la horquilla del 40 al 60 % por sexo, a presidencias, vicepresidencias, direcciones generales, direcciones ejecutivas y asimilados que sean máximos responsables y a los contratos de alta dirección (apartado 1), y su apartado 2 la garantiza «también en la composición de los órganos colegiados de gobierno de las entidades». No la extiende a la plantilla, ni laboral ni funcionaria, ni a los puestos de atención al público.

El principio de representación equilibrada se garantizará también en la composición de los órganos colegiados de gobierno de las entidades.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

El artículo 81.1 de la Ley 40/2015 somete la actuación de las entidades del sector público institucional a los principios de legalidad, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. ¿Qué otro principio completa esa lista?

  • La lealtad institucional
  • La coordinación
  • La transparencia
  • La descentralización

El artículo 81.1 cierra su lista con «el principio de transparencia en su gestión». Los otros tres salen de las listas vecinas de la misma ley: la lealtad institucional está en el artículo 3.1 y encabeza el 140.1, la coordinación está en el primer párrafo del 3.1 y en el 140.1 (relaciones entre Administraciones), y la descentralización, en el primer párrafo del 3.1. Ninguno figura en el 81.1, que es la lista propia del sector público institucional.

Las entidades que integran el sector público institucional están sometidas en su actuación a los principios de legalidad, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera así como al principio de transparencia en su gestión.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

El sistema de supervisión continua que la Ley 40/2015 obliga a establecer a todas las Administraciones sobre sus entidades dependientes, ¿qué debe incluir?

  • Propuestas expresas de mantenimiento, transformación o extinción
  • Un informe anual de cada entidad ante el Parlamento respectivo
  • Una auditoría externa de las cuentas de cada entidad cada tres años
  • La revisión periódica de los estatutos de cada entidad dependiente

El artículo 81.2 dice que la supervisión continua comprueba si siguen existiendo los motivos que justificaron crear la entidad y si es sostenible financieramente, y que «deberá incluir la formulación expresa de propuestas de mantenimiento, transformación o extinción». Ni el informe parlamentario, ni la auditoría externa trienal, ni la revisión de estatutos aparecen en el precepto: lo de «cada tres años» es otra cosa, la revisión de las líneas estratégicas del plan de actuación de las entidades estatales (art. 85.1).

Todas las Administraciones Públicas deberán establecer un sistema de supervisión continua de sus entidades dependientes, con el objeto de comprobar la subsistencia de los motivos que justificaron su creación y su sostenibilidad financiera, y que deberá incluir la formulación expresa de propuestas de mantenimiento, transformación o extinción.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

¿Cuál de estas NO es una de las clases en que la Ley 40/2015 clasifica los organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado?

  • Los organismos autónomos
  • Las entidades públicas empresariales
  • Las agencias estatales
  • Las autoridades administrativas independientes

El artículo 84.1.a) clasifica los organismos públicos estatales en tres clases: organismos autónomos, entidades públicas empresariales y agencias estatales. Las autoridades administrativas independientes forman parte del sector público institucional estatal, pero en una letra propia, la b), fuera de los organismos públicos. Las agencias estatales son la trampa: la Ley 40/2015 las suprimió en su redacción original y la Ley 11/2020 las devolvió como tercera clase, así que un manual anterior a 2021 dirá, mal, que solo hay dos.

Los organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, los cuales se clasifican en: 1. Organismos autónomos. 2. Entidades públicas empresariales. 3. Agencias estatales. b) Las autoridades administrativas independientes.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Según el artículo 85.2 de la Ley 40/2015, ¿quién ejerce el control de eficacia sobre las entidades del sector público institucional estatal?

  • La Intervención General de la Administración del Estado, con su supervisión continua
  • El Departamento de adscripción, a través de las inspecciones de servicios
  • El Tribunal de Cuentas, mediante su fiscalización anual de cuentas
  • El órgano de dirección de cada entidad, mediante su autoevaluación

El artículo 85.2 atribuye el control de eficacia al Departamento al que esté adscrita la entidad, a través de las inspecciones de servicios, para evaluar si cumple sus objetivos y usa bien sus recursos según su plan de actuación. La Intervención General es el distractor tentador porque tiene su propio papel, pero en otra cosa: la supervisión continua del art. 85.3, y el control que le da la Ley 47/2003, que el 85.2 deja a salvo «sin perjuicio» del de eficacia.

El control de eficacia será ejercido por el Departamento al que estén adscritos, a través de las inspecciones de servicios
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Una entidad pública empresarial estatal va a transformarse en agencia estatal. ¿Mediante qué norma debe hacerse, según la Ley 40/2015?

  • Mediante una norma con rango de ley
  • Mediante real decreto, aunque modifique su ley de creación
  • Mediante orden del Ministerio al que esté adscrita
  • Mediante acuerdo del Consejo de Ministros

El artículo 87.3 fija la regla general —las transformaciones se hacen por real decreto, «aunque suponga modificación de la Ley de creación»— y una salvedad: la transformación en agencia estatal «deberá efectuarse por ley». El real decreto es por eso el distractor tentador: vale para cualquier otra transformación entre los entes del 87.1, pero no para esta. Ni la orden ministerial ni un simple acuerdo del Consejo de Ministros bastan en ningún caso.

La transformación se llevará a cabo mediante Real Decreto, aunque suponga modificación de la Ley de creación, salvo en el caso de la transformación en agencias estatales que deberá efectuarse por ley.
Ley 40/2015, de 1 de octubre