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Test de La vía: clases y partes de la vía. Características y disposiciones legales

Un bloque de Permiso de conducir B (DGT) · 65 preguntas

Autopista, autovía, travesía, arcén, carril y calzada: cada palabra tiene su definición legal y su regla.

Estudias la colección entera, con este bloque dentro: cada día, solo las preguntas que se te iban a caer.

Así son sus preguntas

En una glorieta partida, dos tramos opuestos se conectan directamente a través de la isleta central. ¿Es una glorieta?

  • Sí, si tiene señal de sentido giratorio obligatorio
  • Sí, es una glorieta de dos salidas
  • No: la ley dice expresamente que no son glorietas propiamente dichas

En la glorieta partida el tráfico pasa de un tramo a otro y no rodea la isleta, así que no hay circulación rotatoria: falta lo que define a la glorieta.

No son glorietas propiamente dichas las denominadas glorietas partidas en las que dos tramos, generalmente opuestos, se conectan directamente a través de la isleta central, por lo que el tráfico pasa de uno a otro y no la rodea.
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre

¿Qué indica una señal de estacionamiento para usuarios del ferrocarril?

  • Un estacionamiento de duración limitada junto a la vía férrea
  • Un aparcamiento reservado a empleados del ferrocarril
  • Una zona de estacionamiento conectada con una estación, para quienes hacen parte del viaje en vehículo privado y otra parte en tren

Existen las tres variantes: para usuarios del ferrocarril, del ferrocarril inferior y del autobús, con la misma lógica de intercambio de modo.

S-124. Estacionamiento para usuarios del ferrocarril. Indica la situación de una zona de estacionamiento conectada con una estación de ferrocarril y destinada principalmente para los vehículos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehículo privado y la otra en ferrocarril.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

¿Qué vehículos pueden usar un carril habilitado para vehículos de alta ocupación?

  • Todos los vehículos de menos de 3.500 kg
  • Cualquier vehículo con dos o más ocupantes
  • Motocicletas, turismos y vehículos mixtos adaptables

Queda prohibido al resto, incluidos los turismos con remolque, y también a peatones, ciclos, ciclomotores, patinetes, vehículos de tracción animal y animales.

a) La utilización del carril habilitado para VAO queda limitada a motocicletas, turismos y vehículos mixtos adaptables, y está prohibida, por tanto, al resto de los vehículos y conjuntos de vehículos, incluidos los turismos con remolque, así como a peatones, ciclos, ciclomotores, vehículos de movilidad personal, vehículos de tracción animal y animales.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

¿En qué casos se puede circular por debajo de la velocidad mínima?

  • En vehículos especiales o en régimen de transporte especial, cuando las circunstancias del tráfico, del vehículo o de la vía lo impidan sin riesgo, y al proteger o acompañar a otros vehículos
  • Nunca: el mínimo es absoluto
  • Solo de noche

Los vehículos de acompañamiento deben llevar en la parte superior las señales V-21 o V-22, según proceda.

Se podrá circular por debajo de los límites mínimos de velocidad en los casos de vehículos especiales y de vehículos en régimen de transporte especial o cuando las circunstancias del tráfico, del vehículo o de la vía impidan el mantenimiento de una velocidad superior a la mínima sin riesgo para la circulación, así como en los supuestos de protección o acompañamiento a otros vehículos en que se adecuará la velocidad a la del vehículo acompañado.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

En una calle de poblado con dos carriles por sentido, ¿qué carril puede utilizar?

  • Obligatoriamente el más a la derecha
  • El que mejor convenga a su destino, siempre que no sea un obstáculo para los demás, y no debe abandonarlo salvo para cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar
  • El izquierdo, si va a más velocidad

Es la diferencia con la carretera: en poblado no rige la obligación de ceñirse al carril derecho, salvo en autopistas y autovías.

Cuando se circule por calzadas de poblados con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, excepto si se trata de autopistas o autovías, el conductor de un automóvil o de un vehículo especial podrá utilizar el que mejor convenga a su destino, siempre que no sea un obstáculo a la circulación de los demás vehículos, y no deberá abandonarlo más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

¿Qué es un refugio?

  • El apartadero de un túnel
  • Una zona peatonal situada en la calzada y protegida del tránsito rodado
  • La acera de una travesía

Es la isleta donde el peatón puede esperar a mitad de un cruce ancho: está dentro de la calzada, pero es zona peatonal.

Refugio. Zona peatonal situada en la calzada y protegida del tránsito rodado.
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre

En una vía dividida en dos calzadas por una mediana, ¿cuál debe utilizar?

  • La izquierda, que es la de circulación rápida
  • Cualquiera de las dos, si van en su sentido
  • La calzada de la derecha, en relación con el sentido de su marcha

Cuando la división determina tres calzadas, la central puede destinarse a los dos sentidos o a uno solo, permanente o temporalmente, según lo dispongan las señales.

En las vías divididas en dos calzadas, en el sentido de su longitud, por medianas, separadores o dispositivos análogos los vehículos deben utilizar la calzada de la derecha, en relación con el sentido de su marcha.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

¿Qué es un carril-bici protegido?

  • Una vía ciclista señalizada sobre la acera
  • Un carril-bici provisto de elementos laterales que lo separan físicamente del resto de la calzada y de la acera
  • Una vía ciclista con trazado independiente de las carreteras

Conviene no confundir las cuatro: el carril-bici va adosado a la calzada, el protegido lleva separadores físicos, la acera-bici va señalizada sobre la acera y la pista-bici tiene trazado independiente.

Carril-bici protegido. Carril-bici provisto de elementos laterales que lo separan físicamente del resto de la calzada, así como de la acera.
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre

En una autovía, ¿qué ocurre con el acceso de las propiedades colindantes?

  • Que lo tienen limitado
  • Que no lo tienen en ningún caso
  • Que lo tienen sin restricción

Ese acceso limitado es justo lo que la distingue de la autopista, donde no hay acceso alguno.

Autovía. Carretera especialmente proyectada, construida y señalizada como tal que tiene las siguientes características: a) Tener acceso limitado a ella las propiedades colindantes.
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre

¿Qué es un vehículo de alta ocupación?

  • Un autobús o un autocar
  • Cualquier vehículo con más de cuatro plazas
  • Un automóvil destinado exclusivamente al transporte de personas, de masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg, ocupado por el número de personas que se fije para cada tramo

El número de ocupantes no es fijo: lo determina la autoridad de tráfico para cada tramo de la red viaria.

Se entenderá por vehículos con alta ocupación aquellos automóviles destinados exclusivamente al transporte de personas, cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kilogramos, que estén ocupados por el número de personas que para cada tramo de la red viaria se fije
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre
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