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Test de Los usuarios más vulnerables: peatones, ciclistas, ciclomotores y vehículos de movilidad personal

Un bloque de Permiso de conducir B (DGT) · 57 preguntas

Quién tiene prioridad, con cuánta separación se adelanta a un ciclista y por dónde puede ir un patinete.

Estudias la colección entera, con este bloque dentro: cada día, solo las preguntas que se te iban a caer.

Así son sus preguntas

Va a adelantar a un ciclista en una carretera de un solo carril por sentido. ¿Qué anchura de seguridad debe dejar?

  • Al menos 1,5 metros, ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario
  • Un metro, si circula despacio
  • La que permita no invadir el sentido contrario

Si la calzada tiene más de un carril por sentido, la norma no se conforma con el metro y medio: exige el cambio completo de carril.

El conductor de un vehículo que pretenda realizar un adelantamiento en los casos previstos en el párrafo anterior, debe efectuarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

En una vía urbana con al menos dos carriles por sentido, ¿por dónde deben circular las bicicletas?

  • Por el arcén, aunque exista carril
  • Siempre por el carril izquierdo
  • Por el carril derecho, pudiendo usar los otros para cambiar de dirección o por razones de seguridad

Como regla general el ciclista circula preferentemente por el centro del carril, en la medida en que su seguridad y la de los demás lo permitan.

En vías que dispongan de al menos dos carriles de circulación por sentido, los ciclistas circularán por el carril derecho. Podrán circular por los otros carriles cuando vayan a cambiar de dirección, o cuando lo precisen por razones de seguridad.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

¿Puede un peatón permanecer parado en la calzada esperando un autobús si hay acera?

  • Sí, mientras dure la espera
  • Sí, si se mantiene junto al bordillo
  • No: donde existe refugio, zona peatonal u otro espacio adecuado, ningún peatón debe permanecer detenido en la calzada ni en el arcén

Solo puede invadir la calzada para subir al vehículo, y únicamente cuando este ya se encuentre a su altura.

Cuando exista refugio, zona peatonal u otro espacio adecuado a tal fin, ningún peatón permanecerá detenido ni en la calzada ni en el arcén, ni siquiera en espera de un vehículo.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

Unos viajeros acaban de bajar de un autobús en su parada y están entre el autobús y la acera. ¿Quién tiene prioridad?

  • Los peatones
  • El conductor que circula por el carril contiguo
  • Nadie: se aplica la regla general

La prioridad cubre tanto a quien va a subir como a quien acaba de bajar, mientras esté entre el vehículo y la zona peatonal o el refugio más próximo.

d) Cuando los peatones vayan a subir o hayan bajado de un vehículo de transporte colectivo de viajeros, en una parada señalizada como tal, y se encuentren entre dicho vehículo y la zona peatonal o refugio más próximo.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

Un rebaño transita por una carretera. ¿Cuánta calzada puede ocupar?

  • Un solo carril completo, sin más límite
  • Toda la calzada, si va custodiado
  • Nunca más de la mitad derecha de la calzada, e irá al paso y dividido en grupos de longitud moderada

Cada grupo debe llevar al menos un conductor y estar suficientemente separado del siguiente para entorpecer lo menos posible la circulación.

c) Los animales conducidos en manada o rebaño irán al paso, lo más cerca posible del borde derecho de la vía y de forma que nunca ocupen más de la mitad derecha de la calzada, divididos en grupos de longitud moderada
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

¿Qué edad mínima debe tener quien conduce animales por la vía?

  • Dieciséis años
  • Dieciocho años, y ha de ser capaz de dominarlos en todo momento
  • No hay edad mínima

Además queda sujeto a las normas de los conductores de vehículos que puedan afectarle.

Los animales a que se refiere el artículo anterior deben ir conducidos, al menos, por una persona mayor de 18 años, capaz de dominarlos en todo momento
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

¿En qué casos tienen los animales prioridad sobre los vehículos?

  • En ningún caso
  • En las cañadas debidamente señalizadas, cuando el vehículo gira para entrar en otra vía y hay animales cruzándola, y cuando el vehículo cruza un arcén por el que circulan
  • Siempre que vayan custodiados

Es la misma estructura que la prioridad de los peatones: el giro hacia otra vía y el cruce del arcén son los dos supuestos que se olvidan.

a) En las cañadas debidamente señalizadas.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

¿Pueden las bicicletas circular por los arcenes de las autovías?

  • No, en ningún caso
  • Sí, los conductores mayores de 14 años, salvo prohibición señalizada por razones de seguridad vial
  • Sí, todos los ciclistas, sin límite de edad

La prohibición general de autopistas y autovías tiene esa excepción, y cuando se prohíbe hay que complementarlo con un panel que informe del itinerario alternativo.

los conductores de bicicletas mayores de 14 años podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

¿Qué edad mínima se exige para conducir un vehículo de movilidad personal?

  • Dieciséis años
  • Quince años
  • Catorce años

Es una prohibición directa del reglamento y no depende de la ordenanza municipal, que regula por dónde se puede circular pero no rebaja la edad.

No podrán conducir vehículos de movilidad personal los menores de quince años.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

Va a girar para entrar en otra vía y hay peatones cruzándola, pero no existe paso de peatones. ¿Quién tiene prioridad?

  • El conductor, porque no hay paso señalizado
  • Los peatones
  • El primero que inicie el cruce

Es uno de los cinco supuestos de prioridad peatonal, y el que más se olvida precisamente porque no hay nada pintado en el suelo.

b) Cuando un vehículo vaya a girar para entrar en otra vía y haya peatones cruzándola, aunque no exista paso para éstos.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre
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