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Test de Los elementos mecánicos relacionados con la seguridad de la conducción

Un bloque de Permiso de conducir B (DGT) · 28 preguntas

Dirección, suspensión, frenos, neumáticos y alumbrado: qué exige la norma de cada uno y qué avería obliga a parar.

Estudias la colección entera, con este bloque dentro: cada día, solo las preguntas que se te iban a caer.

Así son sus preguntas

¿Para qué sirven los indicadores de desgaste de un neumático?

  • Para señalar que las ranuras principales de la banda de rodamiento han alcanzado la profundidad mínima de dibujo
  • Para indicar la presión recomendada
  • Para señalar la fecha de fabricación

Son obligatorios en los neumáticos homologados que equipan turismos y sus remolques: cuando el dibujo se iguala con ellos, el neumático está al límite legal.

Dichos indicadores de desgaste sirven para señalar que las ranuras principales de la banda de rodamiento han alcanzado la profundidad mínima de dibujo indicada en el apartado 2.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

¿Qué exige la norma sobre el sistema de suspensión?

  • Que incorpore amortiguadores regulables
  • Que sea independiente en las cuatro ruedas
  • Que sea elástico y facilite la adherencia y la estabilidad durante la marcha

La suspensión no es confort: es lo que mantiene la rueda pegada al suelo, y de eso dependen la dirección y el frenado.

Deben disponer de un sistema de suspensión elástica que facilite la adherencia y la estabilidad durante la marcha.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

¿Qué profundidad mínima debe tener el dibujo de los neumáticos de un turismo?

  • 1,6 milímetros en las ranuras principales de la banda de rodadura
  • 1,0 milímetros
  • 2,5 milímetros

El milímetro es el mínimo de los vehículos pesados y sus remolques. En los turismos, los indicadores de desgaste del propio neumático señalan cuándo se ha alcanzado ese 1,6.

Los neumáticos de los vehículos comprendidos en las categorías M1, N1, O1 y O2 deben presentar, durante toda su utilización en las vías públicas, una profundidad en las ranuras principales de la banda de rodadura que, como mínimo, debe ser de 1,6 mm.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

Cuando es obligatorio el uso de cadenas, ¿qué alternativa admite la norma?

  • Reducir la velocidad a 30 km/h sin más medidas
  • Utilizar neumáticos especiales, o colocar las cadenas al menos sobre una rueda motriz a cada lado del vehículo
  • Circular únicamente por el carril derecho

Los neumáticos especiales son los de nieve marcados M+S junto con el pictograma de la montaña de tres picos con un copo, o los homologados para uso profesional fuera de carretera.

Cuando sea obligatorio o recomendado el uso de cadenas u otros dispositivos antideslizantes autorizados se deberá, bien colocar sobre, al menos, una rueda motriz a cada lado del vehículo dichas cadenas o dispositivos antideslizantes, bien utilizar neumáticos especiales
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

El código de velocidad de un neumático especial es inferior al que figura en la ficha técnica del vehículo. ¿Qué debe hacerse?

  • Sustituir de inmediato los neumáticos
  • Recordar la velocidad límite al conductor en un lugar visible del interior del vehículo
  • Nada, mientras no se supere la velocidad genérica de la vía

Los neumáticos especiales deben tener una capacidad de velocidad igual o superior a la máxima del vehículo, o al menos 160 km/h si el vehículo supera esa cifra.

Si el código de velocidad del neumático es inferior al indicado en la ficha técnica del vehículo, se deberá recordar la velocidad límite al conductor en un lugar visible en el interior del vehículo.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

¿Qué tres funciones puede tener que asegurar el sistema de frenado según la categoría del vehículo?

  • Frenado de servicio, de socorro y de estacionamiento
  • Frenado de servicio, de emergencia y regenerativo
  • Frenado delantero, trasero y de motor

El de servicio detiene el vehículo de manera rápida, segura y eficaz; el de socorro cumple esa función si falla el primero; y el de estacionamiento lo mantiene inmóvil.

Deben estar provistos de un sistema de frenado, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo VIII y en la reglamentación que se recoge en el anexo I, que, en su caso, asegure las que le correspondan, según la categoría del vehículo, de entre las siguientes funciones:
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

¿Cuál de estos dispositivos de alumbrado es obligatorio en todo automóvil?

  • La luz de estacionamiento
  • La luz antiniebla delantera
  • La luz antiniebla trasera

La antiniebla delantera es un dispositivo facultativo; la trasera está en la lista de obligatorios junto con las de cruce, carretera, marcha atrás, indicadores de dirección con emergencia, frenado, matrícula y posición.

¿A partir de qué anchura es obligatoria la luz de gálibo en un automóvil?

  • A partir de 2,10 metros
  • A partir de 2,55 metros
  • A partir de 1,80 metros

Es la misma cifra que decide cuándo hay que encenderla al circular de noche o por un túnel.

Luz de gálibo para vehículos de más de 2,10 metros de anchura.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

¿Qué es el frenado de socorro?

  • El que actúa solo sobre las ruedas traseras
  • El que se acciona con el freno de mano al estacionar
  • El que cumple la misma función que el de servicio en caso de fallo de este

Es el sistema redundante: la norma no se conforma con que haya un freno, exige que haya una alternativa cuando el principal falla.

Frenado de socorro, con la misma función que el frenado de servicio en el caso de fallo de éste.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

Un vehículo tiene un sistema de rodadura con superficies metálicas o con salientes. ¿Puede circular por vías públicas?

  • Sí, a menos de 30 km/h
  • No, sin colocar sobre ellas bandas elásticas de contacto exterior con el pavimento
  • Sí, si no circula por vías urbanas

La regla general es que las ruedas lleven neumáticos o elementos de elasticidad similar con dibujo en las ranuras principales y en condiciones mínimas de utilización.

Los vehículos cuyo sistema de rodadura tenga superficies metálicas, estriadas o con salientes no podrán circular por las vías públicas sin colocar sobre aquéllas otras bandas elásticas de contacto exterior con el pavimento.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre
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