¿Puede la longitud, anchura o altura del vehículo con su carga superar los límites reglamentarios?
- No, salvo cargas indivisibles y mediante autorizaciones complementarias de circulación
- Sí, si se señaliza con la señal V-20
- Sí, si no se supera el 10 % del límite
La excepción es estrecha: solo cargas indivisibles y con autorización complementaria, sujeta a las condiciones del anexo III del reglamento.
En ningún caso, la longitud, anchura y altura de los vehículos y su carga excederá de la señalada en las normas reguladoras de los vehículos o para la vía por la que circulen.