¿Pueden los ciclistas circular por las aceras?
- Sí, siempre que vayan al paso
- No, salvo la excepción municipal para menores de doce años en bicicleta acompañados de un adulto a pie
- Sí, si no hay carril bici
La acera es espacio reservado al peatón y en ella está prohibida la circulación de cualquier vehículo. En el resto de zonas peatonales el ayuntamiento puede autorizar la coexistencia, respetando siempre la prioridad del peatón.
Las aceras son el espacio de la vía reservado para la movilidad y estancia de los peatones, estando prohibida la circulación por ellas de cualquier tipo de vehículo.