Una empresa sin ningún establecimiento en la Unión ofrece en España una aplicación gratuita. Según el RGPD, ¿se aplica el Reglamento al tratamiento de los datos de sus usuarios?
- No, porque la empresa no cobra nada por el servicio
- Solo si almacena los datos de los usuarios en la Unión
- Solo si la empresa tiene empleados en algún Estado miembro
- Sí, aunque a los usuarios no se les requiera ningún pago
Un responsable no establecido en la Unión queda sujeto al Reglamento cuando el tratamiento está relacionado con la oferta de bienes o servicios a interesados en la Unión, independientemente de si se les exige pagar. Que el servicio sea gratuito no lo saca del ámbito, y el criterio no depende de dónde se guarden los datos ni de tener personal en la Unión: tener allí un establecimiento llevaría al artículo 3.1, no al 3.2.
la oferta de bienes o servicios a dichos interesados en la Unión, independientemente de si a estos se les requiere su pago