Según el RGPD, cuando el tratamiento se basa en el consentimiento, ¿quién tiene que ser capaz de demostrar que el interesado consintió?
- El interesado, si luego niega haberlo dado
- El responsable del tratamiento
- El encargado que recogió los datos
- La autoridad de control, si hay reclamación
La carga de la prueba es del responsable: si se apoya en el consentimiento, tiene que poder demostrar que el interesado consintió. No le toca al interesado probar que no lo dio, ni se traslada al encargado que trata los datos por cuenta del responsable o a la autoridad de control.
Cuando el tratamiento se base en el consentimiento del interesado, el responsable deberá ser capaz de demostrar que aquel consintió el tratamiento de sus datos personales.