Según el RGPD, el interesado tiene derecho a la tutela judicial frente a la autoridad de control competente si esta no le informa sobre el curso o el resultado de su reclamación. ¿En qué plazo debe informarle para evitarlo?
- En el plazo de tres meses
- En el plazo de un mes
- En el plazo de seis meses
- En el plazo de dos meses
Si la autoridad competente no informa al interesado en tres meses sobre el curso o el resultado de su reclamación, este puede acudir a los tribunales contra ella, y también puede hacerlo si la autoridad no da curso a la reclamación. El plazo no es para resolver: basta con informar de cómo va la reclamación, y es el silencio durante esos tres meses lo que abre la vía judicial.
no informe al interesado en el plazo de tres meses sobre el curso o el resultado de la reclamación presentada