Según la LO 3/2018, antes de usar sistemas de geolocalización para controlar a su plantilla, ¿de qué debe informar el empleador, además de la existencia y las características de esos dispositivos?
- Del lugar exacto en que está cada trabajador, que estos podrán consultar en tiempo real
- De la identidad de cada persona de la empresa que vaya a tener acceso a los datos
- Del posible ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, limitación y supresión
- Del plazo durante el que se conservarán los datos, que no puede superar un mes
El art. 90.2 pide una información previa, expresa, clara e inequívoca sobre la existencia y las características de los dispositivos, y añade otra: cómo pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento y supresión. No obliga a identificar a cada persona que accede ni a enseñar la ubicación de cada trabajador, y no fija un plazo máximo de conservación.
Igualmente deberán informarles acerca del posible ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento y supresión.