Según la Ley 1/1986, ¿qué consecuencia tiene un acto administrativo de la Comunidad de Madrid que prorrogue o renueve un contrato laboral de colaboración temporal?
- Convierte el contrato en indefinido
- Es anulable a instancia del trabajador
- Es válido si existe dotación presupuestaria
- Es nulo de pleno derecho
El art. 90.2 prohíbe prorrogar o renovar estos contratos y declara nulos de pleno derecho los reglamentos o actos que lo infrinjan, sin perjuicio de la responsabilidad personal de quien lo autorizó. Convertirlo en indefinido es la consecuencia que el derecho laboral asocia al encadenamiento de contratos, y no es lo que dice esta ley.
Serán nulos de pleno derecho los reglamentos o actos administrativos que infrinjan lo anterior