Según el RGPD, cuando el responsable sostiene que una solicitud de derechos es manifiestamente infundada o excesiva, ¿a quién corresponde demostrarlo?
- El interesado que presentó la solicitud
- La autoridad de control, si el interesado reclama
- El delegado de protección de datos del responsable
- El propio responsable del tratamiento
Atender y hacerlo gratis es la regla, así que quien se aparta de ella carga con justificarlo: es el responsable quien tiene que demostrar que la solicitud era manifiestamente infundada o excesiva. El interesado no tiene que probar que su petición era razonable, y ni la autoridad de control ni el delegado suplen la prueba que le toca al responsable.
El responsable del tratamiento soportará la carga de demostrar el carácter manifiestamente infundado o excesivo de la solicitud.