Según el RGPD, ¿qué límite tiene el derecho del interesado a obtener copia de sus datos personales?
- Solo puede pedirla si acredita un interés legítimo en obtenerla
- Solo alcanza a los datos tratados durante los últimos cinco años
- Solo se entrega en papel, salvo que el responsable acepte otro formato
- No puede afectar negativamente a los derechos y libertades de otros
Una copia puede arrastrar datos de terceros —una grabación, un correo con otras personas—, y por eso el reglamento pone el límite en los derechos y libertades de los demás. No exige acreditar ningún interés para pedirla ni la limita a un periodo de años, y tampoco impone el papel: si la solicitud se hace por medios electrónicos, la copia va en un formato electrónico de uso común salvo que el interesado pida otra cosa.
El derecho a obtener copia mencionado en el apartado 3 no afectará negativamente a los derechos y libertades de otros.