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Test de Atención al público. Atención a personas con discapacidad

Un bloque de Auxiliar administrativo del Estado · 16 preguntas

Cómo se atiende en ventanilla y por teléfono, y qué exige la accesibilidad universal.

Estudias la colección entera, con este bloque dentro: cada día, solo las preguntas que se te iban a caer.

Así son sus preguntas

¿Qué es la accesibilidad universal?

  • La condición que deben cumplir entornos, procesos, bienes, productos y servicios para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible
  • La obligación de suprimir las barreras arquitectónicas de los edificios públicos
  • El derecho de toda persona con discapacidad a obtener un producto de apoyo
  • La adaptación de un puesto de trabajo concreto a las necesidades de un trabajador

Es una condición del entorno, no una prestación a la persona. Incluye la accesibilidad cognitiva, que se hace efectiva con lectura fácil, pictogramas y sistemas alternativos de comunicación, y presupone el diseño universal sin excluir los ajustes razonables.

Accesibilidad universal: es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

¿Cómo define la discapacidad el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013?

  • Como una situación que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias previsiblemente permanentes y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación plena y efectiva en la sociedad
  • Como una deficiencia física o psíquica que impide trabajar
  • Como el reconocimiento administrativo de un grado igual o superior al 33 por ciento
  • Como una enfermedad crónica de carácter permanente

Es el modelo social: la discapacidad no está en la persona sino en la interacción con las barreras. De ahí que la respuesta jurídica sea suprimir barreras —accesibilidad universal— y no solo compensar a la persona.

Discapacidad: es una situación que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias previsiblemente permanentes y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

¿Se aplican las medidas de igualdad de oportunidades y accesibilidad universal a las relaciones con las Administraciones públicas?

  • Sí: es uno de los ámbitos enumerados expresamente, incluido el acceso a las prestaciones públicas y a las resoluciones administrativas
  • No: la ley se limita al empleo y al transporte
  • Solo en el ámbito de la Administración de justicia
  • Solo cuando la Administración actúe como empleadora

El artículo 5 lista los ámbitos, y las relaciones con las Administraciones públicas figuran con mención expresa al acceso a las prestaciones y a las resoluciones. La Administración de justicia y el empleo son otros ámbitos de la misma lista, no la lista entera.

Relaciones con las administraciones públicas, incluido el acceso a las prestaciones públicas y a las resoluciones administrativas de aquellas.
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

¿Qué es la discriminación indirecta por razón de discapacidad?

  • La que se produce cuando una disposición, criterio, práctica, entorno, producto o servicio aparentemente neutros ocasionan una desventaja particular a una persona por razón de discapacidad
  • La que sufre una persona por su relación con otra persona con discapacidad
  • El trato menos favorable que recibe una persona en situación análoga por razón de su discapacidad
  • Toda conducta no deseada que atenta contra la dignidad de la persona

La clave es «aparentemente neutros»: la norma no menciona la discapacidad y aun así perjudica. Las otras tres opciones son, por orden, la discriminación por asociación, la directa y el acoso.

Discriminación indirecta: existe cuando una disposición legal o reglamentaria, una cláusula convencional o contractual, un pacto individual, una decisión unilateral o un criterio o práctica, o bien un entorno, producto o servicio, aparentemente neutros, puedan ocasionar una desventaja particular a una persona respecto de otras por motivo de o por razón de discapacidad
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

¿A qué interesados asisten las Administraciones Públicas en el uso de medios electrónicos?

  • A los no obligados a relacionarse electrónicamente que así lo soliciten, especialmente en identificación y firma, presentación de solicitudes y obtención de copias auténticas
  • A todos los interesados, estén obligados o no a relacionarse electrónicamente
  • Únicamente a las personas jurídicas que lo soliciten
  • Únicamente a las personas mayores de sesenta y cinco años

La asistencia se dirige a quien no está obligado —quien sí lo está se presume con medios— y hace falta que la pida. Los tres ámbitos citados son los que la ley nombra expresamente.

Las Administraciones Públicas asistirán en el uso de medios electrónicos a los interesados no incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14 que así lo soliciten, especialmente en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas.
Ley 39/2015, de 1 de octubre

¿Qué grado de discapacidad reconocido determina que una persona tenga la consideración de persona con discapacidad a efectos de esta ley?

  • Igual o superior al 33 por ciento
  • Igual o superior al 25 por ciento
  • Igual o superior al 50 por ciento
  • Igual o superior al 65 por ciento

El 33 por ciento es la cifra que hay que retener. El 65 por ciento aparece en otros contextos de la propia norma y en la legislación de prestaciones, y es la confusión habitual.

tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

¿Qué derecho reconoce el artículo 22 del texto refundido en materia de accesibilidad?

  • El derecho a vivir de forma independiente y a participar plenamente en todos los aspectos de la vida
  • El derecho a obtener una prestación económica por razón de discapacidad
  • El derecho a la reserva de un porcentaje de plazas en el empleo público
  • El derecho a la supresión inmediata de toda barrera arquitectónica existente

El derecho se formula en positivo —vivir de forma independiente y participar— y de él se deriva el deber de los poderes públicos de asegurar la accesibilidad universal, también en la información y las comunicaciones y en zonas rurales, no solo urbanas.

Las personas con discapacidad tienen derecho a vivir de forma independiente y a participar plenamente en todos los aspectos de la vida.
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

¿Qué son los ajustes razonables?

  • Las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas del ambiente físico, social y actitudinal que no impongan una carga desproporcionada o indebida
  • Cualquier adaptación que solicite la persona con discapacidad, sin límite de coste
  • Las condiciones básicas de accesibilidad que regula el Gobierno con carácter general
  • Las medidas de acción positiva destinadas a acelerar la igualdad de hecho

Son individuales y llevan un límite incorporado: la carga desproporcionada o indebida. Eso los distingue de las condiciones básicas de accesibilidad, que son generales, y de las medidas de acción positiva.

Ajustes razonables: son las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas del ambiente físico, social y actitudinal a las necesidades específicas de las personas con discapacidad que no impongan una carga desproporcionada o indebida
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

¿Quién puede formular iniciativas o sugerencias para mejorar la calidad de los servicios ante las unidades de atención al ciudadano?

  • Los ciudadanos y también los propios empleados públicos
  • Únicamente los ciudadanos
  • Únicamente los empleados públicos
  • Únicamente las organizaciones representativas de usuarios

El artículo 4.d) menciona expresamente a los propios empleados públicos junto a los ciudadanos: quien conoce el cuello de botella por dentro es a menudo quien lo ve primero.

De recepción de las iniciativas o sugerencias formuladas por los ciudadanos, o por los propios empleados públicos para mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites o suprimir los que sean innecesarios
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero

En las funciones de atención al ciudadano, ¿en qué consiste la función de recepción y acogida?

  • En facilitar al ciudadano la orientación y ayuda que precise en el momento inicial de su visita, en particular sobre la localización de dependencias y funcionarios
  • En recibir la documentación inicial del expediente y tramitar las cuestiones urgentes
  • En resolver las reclamaciones por el funcionamiento de las dependencias
  • En interpretar la normativa aplicable al caso que plantea el ciudadano

Es la primera de las funciones del artículo 4 y la más literalmente de acogida: orientar en el momento de llegar. La recepción de documentación es la función de gestión, y la interpretación normativa está expresamente excluida.

De recepción y acogida a los ciudadanos, al objeto de facilitarles la orientación y ayuda que precisen en el momento inicial de su visita, y, en particular, la relativa a la localización de dependencias y funcionarios.
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero
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