¿Quién declara el estado de alarma, y con qué instrumento?
- El Congreso, por mayoría absoluta de sus miembros
- El Rey, por real decreto refrendado por el Presidente
- El Presidente, por decreto comunicado al Senado
- El Gobierno, por decreto acordado en Consejo de Ministros
Lo declara el Gobierno por decreto acordado en Consejo de Ministros, dando cuenta al Congreso. La declaración por mayoría absoluta del Congreso es la del estado de sitio.
El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros