Según la Ley 19/2013, ¿cómo ha de ser la información que se publica por publicidad activa?
- De acceso fácil y gratuito salvo las copias
- De acceso fácil, previa identificación
- De acceso gratuito para los interesados y con tasa para los demás
- De acceso fácil y gratuito
La información publicada ha de ser comprensible, de acceso fácil y gratuito, y estar a disposición de las personas con discapacidad conforme al principio de accesibilidad universal y diseño para todos. Para la publicidad activa la ley no hace salvedades por copias, no distingue entre interesados y el resto ni pide identificarse para consultar lo que ya es público.
Toda la información será comprensible, de acceso fácil y gratuito y estará a disposición de las personas con discapacidad