Entre los principios del artículo 3.1 de la Ley 40/2015, ¿a qué se refiere el de eficiencia?
- A la asignación y utilización de los recursos públicos
- Al cumplimiento de los objetivos que se hayan fijado
- A la adecuación estricta de los medios a los fines
- A compartir con otras Administraciones los recursos comunes
La letra j) del artículo 3.1 enuncia la «eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos». El cumplimiento de los objetivos fijados es la eficacia, de la letra h), y la adecuación estricta de los medios a los fines acompaña a la economía y la suficiencia en la letra i): son las piezas vecinas de la misma lista. Compartir el uso de recursos comunes es como formula la eficiencia el artículo 140.1.f), pero para las relaciones entre Administraciones, no en el artículo 3.
j) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.