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La Administración General del Estado en el territorio y en el exterior

26 preguntas · en 2 colecciones

Los capítulos III y IV del título I de la Ley 40/2015: las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, los Directores Insulares, los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y los Subdelegados en las provincias con sus competencias, la estructura de las Delegaciones, sus órganos colegiados y el Servicio Exterior del Estado.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 26 preguntas que contiene en total.

¿Qué órgano nombra a los Subdelegados del Gobierno en las provincias?

  • El Consejo de Ministros, por Real Decreto
  • El Presidente del Gobierno por Real Decreto
  • El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma
  • El Ministro competente por razón de la materia

Al Subdelegado lo nombra el Delegado del Gobierno de su Comunidad (artículo 74, y 73.1.a.2.º), del que depende de forma inmediata. El Real Decreto del Consejo de Ministros es el instrumento con que se nombra al Delegado (72.4): es la celda vecina de la misma tabla, y el error que se busca.

En cada provincia y bajo la inmediata dependencia del Delegado del Gobierno en la respectiva Comunidad Autónoma, existirá un Subdelegado del Gobierno, con nivel de Subdirector General, que será nombrado por aquél mediante el procedimiento de libre designación
Ley 40/2015, de 1 de octubre

¿A propuesta de quién se nombra al Delegado del Gobierno?

  • Del Ministro competente por la materia
  • Del titular del Ministerio o del Presidente
  • Del Presidente del Gobierno de la Nación
  • Del Ministro competente, oída la Comunidad

El Delegado se nombra y se separa por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del Presidente del Gobierno, y de nadie más: es coherente con que dependa orgánicamente de él (72.3). La fórmula «del titular del Ministerio o del Presidente» es la de otros nombramientos de la organización central, como el de los Directores generales (66.2), no la del Delegado. Ningún Ministro propone, y la ley no pide oír a la Comunidad Autónoma.

Los Delegados del Gobierno serán nombrados y separados por Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

¿Qué declara la Ley 40/2015 adscrito orgánicamente a un Ministerio?

  • Los Delegados del Gobierno
  • Las Subdelegaciones del Gobierno
  • Los Directores Insulares
  • Las Delegaciones del Gobierno

La adscripción orgánica del artículo 69.3 es de la Delegación, el órgano, no de su titular: el Delegado depende orgánicamente del Presidente del Gobierno y funcionalmente del Ministerio competente por razón de la materia (72.3). Las Subdelegaciones forman parte de la Delegación, pero lo que el 69.3 declara adscrito es la Delegación, y los Directores Insulares dependen jerárquicamente del Delegado o del Subdelegado (70). El Ministerio que nombra el 69.3 lleva la denominación de 2015 y cambia con cada estructura de Gobierno: lo que se pregunta es quién está adscrito, no a qué cartera.

Las Delegaciones del Gobierno están adscritas orgánicamente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

¿Cuál de estas funciones está en la lista del artículo 75, la de los Subdelegados, y no en la del artículo 73.1, la de los Delegados?

  • Nombrar a los Directores Insulares de su ámbito territorial
  • Elevar al Gobierno un informe anual sobre los servicios estatales
  • Dirigir y coordinar la protección civil en la provincia
  • Participar en las Comisiones mixtas de transferencias

La protección civil de la provincia está en la lista del Subdelegado, en el artículo 75.c. Las otras tres son del Delegado, en el artículo 73.1: nombrar a los Directores Insulares (a.2.º), elevar al Gobierno el informe anual sobre los servicios públicos estatales (b.4.º) y participar en las Comisiones mixtas de transferencias (c.3.º).

A los Subdelegados del Gobierno les corresponde: a) Desempeñar las funciones de comunicación, colaboración y cooperación con la respectiva Comunidad Autónoma y con las Entidades Locales y, en particular, informar sobre la incidencia en el territorio de los programas de financiación estatal. En concreto les corresponde: 1.º Mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos con la de la Comunidad Autónoma y con las correspondientes Entidades locales en el ámbito de la provincia. 2.º Comunicar y recibir cuanta información precisen el Gobierno y el órgano de Gobierno de la Comunidad Autónoma. Realizará también estas funciones con las Entidades locales en su ámbito territorial, a través de sus respectivos Presidentes. b) Proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizando la seguridad ciudadana, todo ello dentro de las competencias estatales en la materia. A estos efectos, dirigirá las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la provincia. c) Dirigir y coordinar la protección civil en el ámbito de la provincia.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

¿Con qué órgano cuentan en todo caso las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno para gestionar sus servicios comunes?

  • Una Secretaría General Técnica
  • Una Secretaría General
  • Una Abogacía del Estado propia
  • Una Comisión de asistencia

El artículo 76.1 da a cada Delegación y Subdelegación una Secretaría General, que depende del Delegado o del Subdelegado y gestiona los servicios comunes; de ella dependen los servicios integrados. La Secretaría General Técnica es el órgano de los Ministerios, que cuelga de la Subsecretaría (63 y 65). La Abogacía del Estado presta la asistencia jurídica (77), y las Comisiones de asistencia (79) asesoran: ninguna gestiona los servicios comunes.

contarán, en todo caso, con una Secretaría General, dependiente de los Delegados o, en su caso, de los Subdelegados del Gobierno, como órgano de gestión de los servicios comunes
Ley 40/2015, de 1 de octubre

¿Qué prevé la Ley 40/2015 para las Delegaciones de Defensa?

  • Que sigan integradas en su Ministerio, con su normativa específica
  • Que se integren en las Delegaciones del Gobierno como servicio integrado
  • Que dependan orgánicamente del Delegado de su Comunidad
  • Que se integren o no según decida un Real Decreto del Consejo de Ministros

La disposición adicional decimocuarta deja las Delegaciones de Defensa fuera de las Delegaciones del Gobierno: siguen integradas en su propio Ministerio y se rigen por su normativa específica. La última opción describe cómo se integran o desintegran otros servicios territoriales en las Delegaciones (76.2), una regla que la ley no aplica a estas. Tampoco dependen del Delegado.

Las Delegaciones de Defensa permanecerán integradas en el Ministerio de Defensa y se regirán por su normativa específica.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

¿En qué islas existe un Director Insular de la Administración General del Estado?

  • En las que fije la relación de puestos de trabajo
  • En las que no sean sede de una Subdelegación
  • En las que fije el Delegado del Gobierno
  • En las que se determinen reglamentariamente

El artículo 70 deja a un reglamento la decisión de en qué islas hay Director Insular. La relación de puestos de trabajo aparece en la misma frase, pero para otra cosa: fija su nivel, no las islas. El Delegado nombra al Director Insular, pero no decide dónde existe el puesto, y la ley no hace depender su existencia de que en la isla haya o no Subdelegación.

Reglamentariamente se determinarán las islas en las que existirá un Director Insular de la Administración General del Estado, con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

En una Comunidad Autónoma uniprovincial que no tiene Subdelegado, ¿quién suple al Delegado del Gobierno durante una enfermedad?

  • El Secretario General de la Delegación
  • El Director Insular que el Delegado designe
  • El Presidente de la Comunidad Autónoma
  • El miembro de más rango de la Comisión de asistencia

Sin Subdelegado que pueda suplirle, la suplencia corresponde al Secretario General (artículo 72.5). No hay que confundirla con la otra regla de esas Comunidades: el Delegado asume las competencias del Subdelegado (74). Suplir al Delegado y asumir las competencias del Subdelegado son dos cosas distintas, con dos titulares distintos. El Presidente autonómico no puede suplir a un órgano de la Administración del Estado.

En las Comunidades Autónomas uniprovinciales en las que no exista Subdelegado la suplencia corresponderá al Secretario General.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Según el artículo 72.3, ¿de quién depende orgánicamente el Delegado del Gobierno en una Comunidad Autónoma?

  • Del Ministerio competente en cada materia
  • Del Presidente del Gobierno
  • Del Ministerio del Interior
  • Del Consejo de Ministros en su conjunto

Orgánicamente, el Delegado depende del Presidente del Gobierno. El Ministerio competente por razón de la materia es su dependencia funcional, la otra mitad de la misma frase: cambiarlas es el error que se busca. Del Ministerio del Interior depende funcionalmente solo cuando ejerce las competencias del Estado en seguridad ciudadana (73.3). El Consejo de Ministros lo nombra y lo separa (72.4), pero no es de quien depende. Y lo que está adscrito orgánicamente a un Ministerio es la Delegación, el órgano (69.3), no su titular.

Los Delegados del Gobierno son órganos directivos con rango de Subsecretario que dependen orgánicamente del Presidente del Gobierno y funcionalmente del Ministerio competente por razón de la materia.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

La Delegación del Gobierno tiene su sede, como regla, en la localidad donde radica el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma. ¿Quién puede acordar ubicarla en otra distinta?

  • El Consejo de Ministros
  • El Presidente del Gobierno
  • El Consejo de Gobierno autonómico
  • El propio Delegado del Gobierno

La excepción a la regla de la sede la acuerda el Consejo de Ministros, y el artículo 69.2 deja a salvo además lo que disponga expresamente el Estatuto de Autonomía. El Consejo de Gobierno autonómico solo sirve de referencia para fijar la localidad: no decide dónde se instala un órgano del Estado. Ni el Presidente del Gobierno, del que depende orgánicamente el Delegado (72.3), ni el propio Delegado tienen esa facultad.

Las Delegaciones del Gobierno tendrán su sede en la localidad donde radique el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, salvo que el Consejo de Ministros acuerde ubicarla en otra distinta
Ley 40/2015, de 1 de octubre