Un responsable ofrece un formulario web para ejercer los derechos y el afectado le envía su solicitud por correo postal. Según la LO 3/2018, ¿puede denegarla por ese motivo?
- Sí, porque el afectado tiene que usar el medio que el responsable le ofrece
- Sí, salvo que el afectado justifique por qué no ha usado el formulario web
- No, salvo que el responsable lo advirtiera en su política de privacidad
- No: el derecho no puede denegarse por el solo hecho de elegir otro medio
El responsable tiene que informar de los medios que ofrece, y deben ser fácilmente accesibles, pero eso no convierte su canal en obligatorio: la ley prohíbe denegar el derecho por el solo motivo de que el afectado opte por otro medio. No hay justificación que exigir al afectado ni aviso previo que lo salve.
El ejercicio del derecho no podrá ser denegado por el solo motivo de optar el afectado por otro medio.