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Test de La carrera profesional, la promoción interna y la evaluación del desempeño

Un bloque de Auxiliar administrativo del Estado · 16 preguntas

El capítulo II del título III del TREBEP: la carrera horizontal y vertical, la promoción interna del funcionario y del personal laboral, y la evaluación del desempeño.

Estudias la colección entera, con este bloque dentro: cada día, solo las preguntas que se te iban a caer.

Así son sus preguntas

Según el art. 18.2 del TREBEP, para participar en la promoción interna el funcionario debe tener una antigüedad de al menos dos años de servicio activo. ¿Dónde?

  • En el cuerpo o escala al que aspira a acceder
  • En el mismo puesto de trabajo que desempeña
  • En la Administración que convoca el proceso
  • En el Subgrupo o Grupo inferior

Los dos años se cuentan en servicio activo en el Subgrupo inferior, o en el Grupo si este no tiene Subgrupo: el de partida, no el de destino, al que aún no pertenece. El artículo no exige que sean en el mismo puesto ni en la Administración convocante.

Los funcionarios deberán poseer los requisitos exigidos para el ingreso, tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el inferior Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo y superar las correspondientes pruebas selectivas.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el TREBEP, los sistemas de evaluación del desempeño se adecuarán en todo caso a ciertos criterios. ¿Cuál de estos es uno de ellos?

  • La jerarquía
  • La confidencialidad
  • La imparcialidad
  • La eficiencia

El art. 20.2 enumera cuatro criterios: transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación, y añade que los sistemas se aplicarán sin menoscabo de los derechos de los empleados públicos. La confidencialidad no figura, y el primero de la lista es justamente la transparencia; tampoco están la jerarquía ni la eficiencia.

Los sistemas de evaluación del desempeño se adecuarán, en todo caso, a criterios de transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación y se aplicarán sin menoscabo de los derechos de los empleados públicos.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el TREBEP, en la carrera horizontal el funcionario de carrera progresa de grado, categoría o escalón…

  • tras obtener un nuevo puesto de trabajo por concurso
  • sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo
  • al acceder a un cuerpo de su mismo Subgrupo
  • al superar las pruebas de promoción interna

El art. 16.3.a) define la carrera horizontal como una progresión de grado, categoría o escalón sin necesidad de cambiar de puesto. Obtener otro puesto por los procedimientos de provisión es la carrera vertical, y pasar a otro cuerpo es promoción interna, horizontal o vertical: modalidades distintas del mismo apartado.

a) Carrera horizontal, que consiste en la progresión de grado, categoría, escalón u otros conceptos análogos, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el art. 20.3 del TREBEP, las Administraciones determinarán los efectos de la evaluación del desempeño en la percepción de ciertas retribuciones. ¿De cuáles?

  • Las complementarias del art. 24
  • Las básicas del art. 23
  • Las diferidas del art. 29
  • Las indemnizaciones del art. 28

El art. 20.3 enlaza la evaluación con las retribuciones complementarias del art. 24, además de con la carrera horizontal, la formación y la provisión de puestos. No nombra las básicas del art. 23, que son la confusión más tentadora, ni las diferidas ni las indemnizaciones.

Las Administraciones Públicas determinarán los efectos de la evaluación en la carrera profesional horizontal, la formación, la provisión de puestos de trabajo y en la percepción de las retribuciones complementarias previstas en el artículo 24 del presente Estatuto.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Un funcionario de un cuerpo del subgrupo C2 asciende a un cuerpo del subgrupo C1. ¿Cuál de las modalidades de carrera del art. 16.3 del TREBEP está ejerciendo?

  • La carrera horizontal
  • La carrera vertical
  • La promoción interna vertical
  • La promoción interna horizontal

Pasar de un cuerpo de un Subgrupo a otro de un Subgrupo superior es la promoción interna vertical de la letra c). La carrera vertical, aunque comparta el adjetivo, es ascender en la estructura de puestos por los procedimientos de provisión; la promoción interna horizontal se queda en el mismo Subgrupo.

c) Promoción interna vertical, que consiste en el ascenso desde un cuerpo o escala de un Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, a otro superior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el art. 20.5 del TREBEP, ¿qué requerirá, en cada caso, la aplicación de la carrera profesional horizontal?

  • Un acuerdo previo en la Mesa General de Negociación
  • Una valoración previa de los puestos de trabajo
  • La aprobación previa de sistemas objetivos de evaluación
  • El informe favorable previo de la Junta de Personal

El art. 20.5 exige, antes de aplicar la carrera horizontal, aprobar sistemas objetivos que permitan evaluar el desempeño conforme a sus apartados 1 y 2. Lo mismo pide para las retribuciones de la letra c) del art. 24 y para el cese en el puesto obtenido por concurso. No exige un acuerdo en la Mesa, una valoración de puestos ni un informe de la Junta de Personal.

La aplicación de la carrera profesional horizontal, de las retribuciones complementarias derivadas del apartado c) del artículo 24 del presente Estatuto y el cese del puesto de trabajo obtenido por el procedimiento de concurso requerirán la aprobación previa, en cada caso, de sistemas objetivos que permitan evaluar el desempeño
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Entre las reglas que el art. 17 del TREBEP admite para regular la carrera horizontal, ¿cuál de estos elementos se deberá valorar?

  • La superación de pruebas de promoción interna
  • La calidad de los trabajos realizados
  • La titulación académica exigida para el ingreso
  • El nivel de complemento de destino del puesto

La letra b) del art. 17 manda valorar la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación del desempeño. Las pruebas selectivas son el camino de la promoción interna (art. 18), no de la carrera horizontal, y ni la titulación ni el nivel del puesto están en la lista.

b) Se deberá valorar la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación del desempeño.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el TREBEP, ¿pueden los funcionarios de carrera progresar a la vez en la carrera horizontal y en la vertical?

  • No, porque la carrera vertical excluye la horizontal
  • No, salvo en los cuerpos que carecen de Subgrupo
  • Sí, cuando las dos se hayan implantado en un mismo ámbito
  • Sí, si lo autoriza el órgano que convocó el concurso

El art. 16.4 permite progresar simultáneamente en las dos modalidades, con una condición: que la Administración correspondiente las haya implantado en un mismo ámbito. No las declara incompatibles ni hace depender la regla de que el cuerpo tenga Subgrupo.

Los funcionarios de carrera podrán progresar simultáneamente en las modalidades de carrera horizontal y vertical cuando la Administración correspondiente las haya implantado en un mismo ámbito.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según la disposición adicional 9.ª del TREBEP, ¿en qué grado, nivel o categoría inicia el funcionario de carrera su carrera profesional?

  • En el más bajo de su Subgrupo, sea cual sea su plaza
  • En el que fije cada año la Mesa de Negociación
  • En el que alcanzó antes como funcionario interino
  • En el de la plaza que se le asignó inicialmente

La carrera empieza en el grado, nivel o categoría de la plaza asignada al funcionario tras superar el proceso selectivo, y esos tienen la consideración de mínimos: a partir de ellos llegan los ascensos. No arranca del escalón más bajo del Subgrupo ni de lo que hubiera alcanzado como interino.

La carrera profesional de los funcionarios de carrera se iniciará en el grado, nivel, categoría, escalón y otros conceptos análogos correspondientes a la plaza inicialmente asignada al funcionario tras la superación del correspondiente proceso selectivo, que tendrán la consideración de mínimos.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el TREBEP, ¿en qué consiste la promoción interna horizontal?

  • En el acceso a cuerpos o escalas del mismo Subgrupo
  • En el ascenso a un cuerpo o escala del Subgrupo superior
  • En la progresión de escalón sin cambiar de puesto
  • En el cambio de puesto dentro del mismo cuerpo

La promoción interna horizontal del art. 16.3.d) da acceso a cuerpos o escalas del mismo Subgrupo profesional. Subir a un cuerpo del Subgrupo superior es la promoción interna vertical, de la letra c), y progresar de escalón sin cambiar de puesto es la carrera horizontal: las dos llevan el adjetivo, pero son modalidades distintas.

d) Promoción interna horizontal, que consiste en el acceso a cuerpos o escalas del mismo Subgrupo profesional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
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