Según el art. 18.2 del TREBEP, para participar en la promoción interna el funcionario debe tener una antigüedad de al menos dos años de servicio activo. ¿Dónde?
- En el cuerpo o escala al que aspira a acceder
- En el mismo puesto de trabajo que desempeña
- En la Administración que convoca el proceso
- En el Subgrupo o Grupo inferior
Los dos años se cuentan en servicio activo en el Subgrupo inferior, o en el Grupo si este no tiene Subgrupo: el de partida, no el de destino, al que aún no pertenece. El artículo no exige que sean en el mismo puesto ni en la Administración convocante.
Los funcionarios deberán poseer los requisitos exigidos para el ingreso, tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el inferior Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo y superar las correspondientes pruebas selectivas.