Según el art. 97.1 del TREBEP, ¿cuándo prescriben las faltas disciplinarias de cada grado?
- Muy graves a los tres años, graves a los dos y leves a los seis meses
- Muy graves a los tres años, graves a los dos y leves al año
- Muy graves a los cuatro años, graves a los tres y leves al año
- Muy graves a los dos años, y graves y leves al año
Las faltas prescriben a los tres años, a los dos años y a los seis meses. La segunda opción es la escala de las sanciones, que coincide en muy graves y graves pero no en leves: la sanción por falta leve prescribe al año, la falta leve a los seis meses.
Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses