¿Qué consecuencia tiene para el responsable el incumplimiento reiterado de la obligación de resolver en plazo?
- Ninguna específica
- Tiene la consideración de infracción grave a efectos disciplinarios
- Se considera falta leve
- Comporta la separación del servicio
Es el contrapeso del silencio desestimatorio: si callar denegara sin coste alguno, no resolver sería la salida cómoda. La ley lo tipifica como infracción grave.
El incumplimiento reiterado de la obligación de resolver en plazo tendrá la consideración de infracción grave a los efectos de la aplicación a sus responsables del régimen disciplinario previsto en la correspondiente normativa reguladora.