Según el Código Civil, ¿qué extingue la personalidad civil?
- La declaración de ausencia
- La pérdida de la nacionalidad
- Una condena a prisión
- La muerte de la persona
El 32 tiene una sola frase: la personalidad civil «se extingue por la muerte de las personas». La declaración de ausencia no la extingue (el 34 remite la presunción de muerte del ausente al título VIII, que esta colección pregunta en su bloque), perder la nacionalidad cambia la ley personal pero no la condición de persona, y ninguna condena priva de la personalidad.
La personalidad civil se extingue por la muerte de las personas.