Según el Código Civil, ¿qué extingue la personalidad civil?
- La declaración de ausencia
- La pérdida de la nacionalidad
- Una condena a prisión
- La muerte de la persona
El 32 tiene una sola frase: la personalidad civil «se extingue por la muerte de las personas». La declaración de ausencia no la extingue (el 34 remite la presunción de muerte del ausente a su propio título), perder la nacionalidad cambia la ley personal pero no la condición de persona, y ninguna condena priva de la personalidad.
La personalidad civil se extingue por la muerte de las personas.