Según el art. 184.3 del Código Penal, ¿en cuál de estos lugares, si se comete en él el acoso sexual, se aplica la pena de ese apartado?
- En un centro de acogida
- En un centro de trabajo
- En un centro docente
- En un centro deportivo
El art. 184.3 nombra los centros de protección o reforma de menores, los de internamiento de personas extranjeras y cualquier otro centro de detención, custodia o acogida, incluso de estancia temporal. El trabajo y la docencia son relaciones del apartado 1, pero sus centros no están en esta lista.
si el culpable de acoso sexual lo hubiera cometido en centros de protección o reforma de menores, centro de internamiento de personas extranjeras, o cualquier otro centro de detención, custodia o acogida, incluso de estancia temporal