Según el art. 543 del Código Penal, ¿qué requisito exige para castigar las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas?
- Que alteren el orden público
- Que medie querella del Fiscal
- Que se efectúen con publicidad
- Que los cometa una autoridad
El art. 543 exige que las ofensas o ultrajes se efectúen con publicidad, y los castiga con multa. No pide que se altere el orden público ni que medie querella, y no reserva el delito a una autoridad: a diferencia de los artículos anteriores, su sujeto no es el funcionario.
Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad