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La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

24 preguntas · en 2 colecciones

La Carta entera (preámbulo y títulos I a VII, artículos 1 a 54): la dignidad, las libertades, la igualdad, la solidaridad, la ciudadanía y la justicia, con lo que solo ella dice —la bioética, la protección de datos y su autoridad independiente, el asilo y la no devolución, la acción positiva, los derechos del niño, el voto del ciudadano de la Unión donde reside, la buena administración, el acceso a los documentos, el Defensor del Pueblo Europeo y la protección diplomática—, y las disposiciones generales: a quién obliga, cómo se pueden limitar sus derechos, qué valor tienen sus principios ante un juez y cómo se relaciona con el Convenio Europeo de Derechos Humanos y con las constituciones de los Estados miembros.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿en qué elecciones tiene derecho de sufragio activo y pasivo un ciudadano de la Unión en el Estado miembro en que reside, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado?

  • En las municipales y en las de su asamblea regional
  • En las del Parlamento Europeo y en las municipales
  • En las del Parlamento Europeo y en las legislativas
  • En las legislativas y en las de su asamblea regional

La Carta reconoce ese derecho, en el Estado miembro de residencia y en las mismas condiciones que sus nacionales, en dos elecciones: las del Parlamento Europeo (art. 39.1) y las municipales (art. 40). No lo extiende a las legislativas ni a las regionales del Estado en que se reside.

1. Todo ciudadano de la Unión tiene derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo en el Estado miembro en que resida, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado. 2. Los diputados al Parlamento Europeo serán elegidos por sufragio universal libre, directo y secreto. Artículo 40 Derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales Todo ciudadano de la Unión tiene derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales del Estado miembro en que resida, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Según el art. 32 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿por debajo de qué edad no puede fijarse la edad mínima de admisión al trabajo?

  • La edad en que concluye el período de escolaridad obligatoria
  • La edad en que se alcanza la capacidad para contratar
  • La edad que fije la Unión para todos los Estados miembros
  • La mayoría de edad que fije la ley nacional de cada Estado miembro

El art. 32 prohíbe el trabajo infantil y dice que la edad mínima de admisión al trabajo no podrá ser inferior a la edad en que concluye el período de escolaridad obligatoria, sin perjuicio de disposiciones más favorables para los jóvenes y salvo excepciones limitadas. El límite no es la capacidad para contratar ni la mayoría de edad, sino el fin de la escolaridad obligatoria; y la Carta no deja a la Unión fijar una edad común para todos los Estados: remite a la escolaridad obligatoria de cada caso.

La edad mínima de admisión al trabajo no podrá ser inferior a la edad en que concluye el período de escolaridad obligatoria, sin perjuicio de disposiciones más favorables para los jóvenes y salvo excepciones limitadas.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Según el art. 19.2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿cuál de estos riesgos impide devolver, expulsar o extraditar a una persona a un Estado?

  • Un grave riesgo de ser sometida a la pena de muerte
  • Un grave riesgo de ser juzgada por un tribunal militar
  • Un grave riesgo de ser condenada en un juicio en rebeldía
  • Un grave riesgo de perder la nacionalidad de ese Estado

El art. 19.2 prohíbe devolver, expulsar o extraditar a nadie a un Estado en el que corra un grave riesgo de ser sometido a la pena de muerte, a tortura o a otras penas o tratos inhumanos o degradantes. Son esos tres riesgos y ningún otro: el artículo no nombra el juicio por un tribunal militar, el juicio en rebeldía ni la pérdida de la nacionalidad.

2. Nadie podrá ser devuelto, expulsado o extraditado a un Estado en el que corra un grave riesgo de ser sometido a la pena de muerte, a tortura o a otras penas o tratos inhumanos o degradantes.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

¿Cómo reconoce el art. 10.2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea el derecho a la objeción de conciencia?

  • Conforme al Derecho de la Unión que regule su ejercicio
  • De acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio
  • Conforme a lo que disponga el Convenio Europeo de Derechos Humanos
  • Directamente, sin remitirse a ninguna ley que lo regule

El art. 10.2 reconoce la objeción de conciencia de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio: la Carta lo enuncia, pero son las leyes de cada Estado las que dicen cómo se ejerce. No lo remite al Derecho de la Unión ni a otro tratado, y tampoco lo reconoce sin remisión a ninguna ley.

2. Se reconoce el derecho a la objeción de conciencia de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Según el preámbulo de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿a qué deben atender debidamente los órganos jurisdiccionales de la Unión y de los Estados miembros al interpretar la Carta?

  • A las conclusiones de los abogados generales del Tribunal de Justicia
  • A los informes anuales de la Agencia de los Derechos Fundamentales
  • A las explicaciones elaboradas bajo la autoridad del Praesidium
  • A las observaciones generales del Comité de Derechos Humanos

El preámbulo manda interpretar la Carta atendiendo debidamente a las explicaciones elaboradas bajo la autoridad del Praesidium de la Convención que la redactó, y actualizadas bajo la del Praesidium de la Convención Europea; el art. 52.7 lo repite. Esas explicaciones guían la interpretación, pero no forman parte del articulado. El preámbulo no menciona las conclusiones de los abogados generales, los informes de ninguna agencia ni las observaciones de un comité de las Naciones Unidas.

los órganos jurisdiccionales de la Unión y de los Estados miembros interpretarán la Carta atendiendo debidamente a las explicaciones elaboradas bajo la autoridad del Praesidium de la Convención que redactó la Carta
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Según el art. 8.2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿qué dos derechos tiene toda persona sobre los datos recogidos que la conciernan?

  • A oponerse a su tratamiento y a obtener su supresión
  • A acceder a ellos y a oponerse a su tratamiento
  • A obtener su supresión y su rectificación
  • A acceder a ellos y a obtener su rectificación

La segunda frase del art. 8.2 reconoce a toda persona dos derechos sobre los datos recogidos que la conciernan: acceder a ellos y obtener su rectificación. Son los dos únicos que nombra la Carta; la oposición al tratamiento y la supresión no están en su art. 8.

Toda persona tiene derecho a acceder a los datos recogidos que le conciernan y a obtener su rectificación.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

En el marco de la medicina y la biología, ¿qué clonación de seres humanos prohíbe expresamente el art. 3.2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea?

  • La reproductora
  • La terapéutica
  • La experimental
  • La de tejidos

El apartado d) del art. 3.2 prohíbe la clonación reproductora de seres humanos, y solo a ella le pone nombre: el artículo no prohíbe expresamente la clonación terapéutica ni la que se hace con fines experimentales. Tampoco nombra la clonación de tejidos.

d) la prohibición de la clonación reproductora de seres humanos.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Según el art. 41.4 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, si una persona se dirige a una institución de la Unión en una de las lenguas de los Tratados, ¿en qué lengua debe recibir la contestación?

  • En la lengua oficial del Estado miembro en que resida
  • En la lengua de trabajo que use esa institución
  • En la misma lengua en que se ha dirigido a ella
  • En la lengua oficial del Estado del que sea nacional

El art. 41.4 permite dirigirse a las instituciones de la Unión en cualquiera de las lenguas de los Tratados y obliga a contestar en esa misma lengua. La respuesta no depende de la lengua de trabajo de la institución ni de la del Estado de residencia o de nacionalidad: la elige quien escribe.

4. Toda persona podrá dirigirse a las instituciones de la Unión en una de las lenguas de los Tratados y deberá recibir una contestación en esa misma lengua.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Según el art. 52.3 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿qué sentido y alcance tienen los derechos de la Carta que corresponden a derechos garantizados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos?

  • Los que fije en cada caso el Tribunal de Justicia
  • Los que resulten de las constituciones nacionales
  • Los mismos que les confiere dicho Convenio
  • Los de la Carta, que prevalece sobre dicho Convenio

El art. 52.3 dice que, en la medida en que correspondan a derechos del Convenio, su sentido y alcance serán iguales a los que les confiere dicho Convenio, sin impedir que el Derecho de la Unión dé una protección más extensa. Las tradiciones constitucionales comunes son la pauta del 52.4 para otros derechos, los que resultan de ellas; y el artículo no deja el alcance al Tribunal de Justicia ni hace prevalecer la Carta sobre el Convenio.

3. En la medida en que la presente Carta contenga derechos que correspondan a derechos garantizados por el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, su sentido y alcance serán iguales a los que les confiere dicho Convenio.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Una sociedad española, cuyos socios son todos nacionales de terceros países, quiere consultar unos documentos de la Comisión Europea. ¿Le reconoce ese derecho el art. 42 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea?

  • No, porque sus socios no son ciudadanos de la Unión
  • Sí, porque tiene su domicilio social en un Estado miembro
  • Sí, pero limitado a los documentos que le conciernan
  • No, salvo que la Comisión aprecie un interés legítimo

El art. 42 reconoce el acceso a los documentos de las instituciones de la Unión a todo ciudadano de la Unión y a toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro, cualquiera que sea su soporte. Basta el domicilio social de la sociedad: la nacionalidad de sus socios no cuenta, el derecho no se limita a los documentos que le conciernan y no depende de que la institución aprecie un interés.

Todo ciudadano de la Unión y toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro tiene derecho a acceder a los documentos de las instituciones, órganos y organismos de la Unión, cualquiera que sea su soporte.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Según el art. 15 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿qué derecho tienen los nacionales de terceros países que estén autorizados a trabajar en el territorio de los Estados miembros?

  • A buscar empleo, trabajar y establecerse en cualquier Estado miembro
  • A que su autorización de trabajo valga en todos los Estados miembros
  • A las condiciones laborales que fije cada Estado para los extranjeros
  • A condiciones laborales equivalentes a las de los ciudadanos de la Unión

El art. 15.3 les reconoce unas condiciones laborales equivalentes a las que disfrutan los ciudadanos de la Unión. Buscar empleo, trabajar, establecerse o prestar servicios en cualquier Estado miembro es lo que el 15.2 reconoce a todo ciudadano de la Unión, no a ellos. El artículo no extiende su autorización de trabajo a los demás Estados ni deja sus condiciones a lo que cada Estado fije para los extranjeros: las ata a las de los ciudadanos de la Unión.

3. Los nacionales de terceros países que estén autorizados a trabajar en el territorio de los Estados miembros tienen derecho a unas condiciones laborales equivalentes a aquellas de que disfrutan los ciudadanos de la Unión.
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Según el art. 24.3 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿qué excepción admite el derecho del niño a mantener de forma periódica relaciones personales y contactos directos con su padre y con su madre?

  • Que ello sea contrario a sus intereses
  • Que así lo acuerden su padre y su madre
  • Que el niño, ya oído, manifieste no desearlo
  • Que uno de ellos resida en otro Estado

El art. 24.3 reconoce ese derecho salvo si ello es contrario a los intereses del niño: la única excepción es su interés. El acuerdo de los padres no basta para suprimirlo, vivir en otro Estado no lo excluye, y la opinión del niño, que el 24.1 manda tener en cuenta según su edad y madurez, no es por sí sola la excepción.

3. Todo niño tiene derecho a mantener de forma periódica relaciones personales y contactos directos con su padre y con su madre, salvo si ello es contrario a sus intereses.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Según el art. 52.5 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿para qué pueden alegarse ante un órgano jurisdiccional las disposiciones de la Carta que contienen principios?

  • Para reclamar directamente la prestación que el principio reconoce
  • Para interpretar y controlar la legalidad de los actos que los aplican
  • Para pedir una indemnización si la Unión no los ha desarrollado
  • Para exigir que el legislador nacional adopte los actos que los apliquen

Los principios de la Carta se aplican mediante actos legislativos y ejecutivos de la Unión, y de los Estados miembros cuando aplican el Derecho de la Unión. Según el art. 52.5, ante un juez solo pueden alegarse para interpretar esos actos y controlar su legalidad: no dan una prestación que se pueda reclamar directamente, ni permiten exigir que se dicten los actos ni pedir una indemnización porque falten.

5. Las disposiciones de la presente Carta que contengan principios podrán aplicarse mediante actos legislativos y ejecutivos adoptados por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y por actos de los Estados miembros cuando apliquen el Derecho de la Unión, en el ejercicio de sus competencias respectivas. Sólo podrán alegarse ante un órgano jurisdiccional en lo que se refiere a la interpretación y control de la legalidad de dichos actos.
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Según el art. 51.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿cuándo están dirigidas sus disposiciones a los Estados miembros?

  • Cuando actúen en materias de su competencia
  • Cuando lo acepte su constitución nacional
  • Cuando lo disponga una ley de ese Estado
  • Cuando apliquen el Derecho de la Unión

El art. 51.1 dirige la Carta a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros «únicamente cuando apliquen el Derecho de la Unión». Cuando un Estado actúa en lo suyo, sin aplicar Derecho de la Unión, la Carta no le obliga; y no depende de que su constitución o una ley suya la acepten.

1. Las disposiciones de la presente Carta están dirigidas a las instituciones, órganos y organismos de la Unión, dentro del respeto del principio de subsidiariedad, así como a los Estados miembros únicamente cuando apliquen el Derecho de la Unión.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Según el art. 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿qué recibe a cambio quien es privado de su propiedad por causa de utilidad pública?

  • El valor de mercado del bien, pagado antes de la privación
  • Una justa indemnización por su pérdida, en un tiempo razonable
  • Otro bien de valor equivalente, en las condiciones que fije la ley
  • La indemnización que fije cada Estado, una vez firme la privación

El art. 17.1 solo permite privar a alguien de su propiedad por causa de utilidad pública, en los casos y condiciones previstos en la ley y a cambio de una justa indemnización por su pérdida, pagada en un tiempo razonable. No habla de valor de mercado ni exige pagar antes de la privación, no prevé compensar con otro bien y no deja la cuantía al arbitrio de cada Estado: la indemnización ha de ser justa.

Nadie puede ser privado de su propiedad más que por causa de utilidad pública, en los casos y condiciones previstos en la ley y a cambio, en un tiempo razonable, de una justa indemnización por su pérdida.
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¿Dentro del respeto de qué normas garantiza el derecho de asilo el art. 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea?

  • Las del Convenio Europeo de Derechos Humanos y sus Protocolos
  • Las de la Declaración Universal y de los dos Pactos de 1966
  • Las de la Convención de Ginebra de 1951 y su Protocolo de 1967
  • Las de la Convención contra la Tortura y su Protocolo Facultativo

El art. 18 garantiza el asilo dentro del respeto de las normas de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 y del Protocolo de 31 de enero de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados, y de conformidad con los Tratados de la Unión. Son los textos del estatuto de refugiado; el artículo no remite para el asilo a ninguno de los otros tres.

Se garantiza el derecho de asilo dentro del respeto de las normas de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 y del Protocolo de 31 de enero de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados
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¿En qué título de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea está el derecho de los trabajadores a la información y consulta en la empresa?

  • Libertades
  • Igualdad
  • Solidaridad
  • Ciudadanía

El título IV, «Solidaridad», empieza con el art. 27, la información y consulta de los trabajadores en la empresa, y reúne los derechos del trabajo y la protección social hasta el art. 38. Libertades (título II) es donde están la libertad profesional, el derecho a trabajar y la libertad de empresa; Igualdad (título III) y Ciudadanía (título V) no recogen derechos de los trabajadores en la empresa.

TÍTULO IV SOLIDARIDAD Artículo 27 Derecho a la información y consulta de los trabajadores en la empresa
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Según el art. 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿impide el principio de igualdad entre mujeres y hombres adoptar medidas que supongan ventajas concretas para uno de los sexos?

  • Sí, porque toda ventaja por razón de sexo es discriminatoria
  • No, si las medidas favorecen a las mujeres y son temporales
  • Sí, salvo que las autorice expresamente el Derecho de la Unión
  • No, si las medidas son en favor del sexo menos representado

El párrafo segundo del art. 23 dice que el principio de igualdad no impide mantener o adoptar medidas que supongan ventajas concretas en favor del sexo menos representado. El criterio es cuál de los dos lo está, no que se trate de mujeres, y el artículo no exige que las medidas sean temporales ni que las autorice una norma de la Unión.

El principio de igualdad no impide el mantenimiento o la adopción de medidas que supongan ventajas concretas en favor del sexo menos representado.
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Una ciudadana española sufre un percance en un tercer país en el que España no tiene representación diplomática ni consular, pero Italia sí. Según el art. 46 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿qué puede hacer?

  • Acogerse a la protección de Italia en las mismas condiciones que los italianos
  • Acudir a la delegación de la Unión, que la protege en nombre de España
  • Acogerse a la protección de Italia si lo prevé un acuerdo con España
  • Pedirla a Italia, que la concede en las condiciones que fije su ley

El art. 46 permite al ciudadano de la Unión que está en un tercer país donde no está representado su Estado acogerse a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro, en las mismas condiciones que los nacionales de ese Estado. No hace falta un acuerdo entre los dos Estados, Italia no puede ponerle condiciones distintas de las de sus nacionales, y el artículo no encomienda esa protección a una delegación de la Unión.

Todo ciudadano de la Unión podrá acogerse, en el territorio de un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que sea nacional, a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro, en las mismas condiciones que los nacionales de este Estado.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

¿Con qué alcance prohíbe el art. 21.2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea la discriminación por razón de nacionalidad?

  • En toda actuación de las autoridades de la Unión y de los Estados miembros
  • En el ámbito de aplicación de los Tratados, sin perjuicio de sus disposiciones particulares
  • Entre ciudadanos de la Unión que residan o trabajen legalmente en otro Estado miembro
  • En el empleo y la seguridad social, salvo en los empleos de las Administraciones públicas

El art. 21.2 no prohíbe sin más distinguir por nacionalidad: lo prohíbe en el ámbito de aplicación de los Tratados y sin perjuicio de sus disposiciones particulares. Fuera de ese ámbito no rige, y dentro de él valen las reglas especiales que los propios Tratados establezcan. El artículo no lo extiende a toda actuación pública, no lo limita a quien reside o trabaja en otro Estado miembro ni lo reduce al empleo y la seguridad social.

2. Se prohíbe toda discriminación por razón de nacionalidad en el ámbito de aplicación de los Tratados y sin perjuicio de sus disposiciones particulares.
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Según el art. 37 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿conforme a qué principio se integran en las políticas de la Unión un nivel elevado de protección del medio ambiente y la mejora de su calidad?

  • El de buena administración
  • El de proporcionalidad
  • El de desarrollo sostenible
  • El de cohesión territorial

El art. 37 integra y garantiza en las políticas de la Unión un nivel elevado de protección del medio ambiente conforme al principio de desarrollo sostenible. La Carta habla de buena administración (art. 41), de proporcionalidad (art. 52.1) y de cohesión territorial (art. 36), pero no en el artículo del medio ambiente.

En las políticas de la Unión se integrarán y garantizarán, conforme al principio de desarrollo sostenible, un nivel elevado de protección del medio ambiente y la mejora de su calidad.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Según el art. 52.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, dentro del respeto del principio de proporcionalidad, ¿qué dos condiciones deben reunir las limitaciones de los derechos y libertades que reconoce?

  • Ser necesarias y responder a objetivos de interés general reconocidos por la Unión
  • Ser urgentes y responder a objetivos de interés general reconocidos por la Unión
  • Ser necesarias y responder a objetivos de interés general que fije cada Estado
  • Ser urgentes y responder a objetivos de interés general que fije cada Estado

La segunda frase del art. 52.1 solo admite limitaciones, dentro del respeto del principio de proporcionalidad, cuando sean necesarias y respondan efectivamente a objetivos de interés general reconocidos por la Unión, o a la necesidad de proteger los derechos y libertades de los demás. El artículo pide necesidad, no urgencia, y los objetivos de interés general son los que reconoce la Unión, no los que fije cada Estado.

Dentro del respeto del principio de proporcionalidad, sólo podrán introducirse limitaciones cuando sean necesarias y respondan efectivamente a objetivos de interés general reconocidos por la Unión o a la necesidad de protección de los derechos y libertades de los demás.
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Según el art. 41.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿quién debe tratar los asuntos de toda persona imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable?

  • Las administraciones del Estado miembro en que resida la persona
  • Solo la Comisión Europea, en los procedimientos que tramite
  • Los tribunales de la Unión y los de los Estados miembros
  • Las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea

El derecho a una buena administración del art. 41.1 se dirige a las instituciones, órganos y organismos de la Unión: son ellos los que deben tratar los asuntos de cada persona con imparcialidad, equidad y en un plazo razonable. El artículo no nombra a las administraciones de los Estados miembros ni a los tribunales, y no se limita a la Comisión.

1. Toda persona tiene derecho a que las instituciones, órganos y organismos de la Unión traten sus asuntos imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable.
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Según el art. 43 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿qué actuación queda fuera de los casos de mala administración que se pueden someter al Defensor del Pueblo Europeo?

  • La del Consejo en el ejercicio de su función legislativa
  • La del Parlamento cuando ejerce el control político de la Comisión
  • La del Tribunal de Justicia en la gestión de su personal
  • La del Tribunal de Justicia en sus funciones jurisdiccionales

El art. 43 permite someter al Defensor del Pueblo Europeo los casos de mala administración de las instituciones de la Unión, con una sola exclusión: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales. La exclusión alcanza solo a sus funciones jurisdiccionales: la actuación administrativa del Tribunal, como la gestión de su personal, sí puede llevarse ante el Defensor. Ni el Consejo ni el Parlamento quedan excluidos por la clase de función que ejerzan.

tiene derecho a someter al Defensor del Pueblo Europeo los casos de mala administración en la actuación de las instituciones, órganos u organismos de la Unión, con exclusión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.
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