Según la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿en qué elecciones tiene derecho de sufragio activo y pasivo un ciudadano de la Unión en el Estado miembro en que reside, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado?
- En las municipales y en las de su asamblea regional
- En las del Parlamento Europeo y en las municipales
- En las del Parlamento Europeo y en las legislativas
- En las legislativas y en las de su asamblea regional
La Carta reconoce ese derecho, en el Estado miembro de residencia y en las mismas condiciones que sus nacionales, en dos elecciones: las del Parlamento Europeo (art. 39.1) y las municipales (art. 40). No lo extiende a las legislativas ni a las regionales del Estado en que se reside.
1. Todo ciudadano de la Unión tiene derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo en el Estado miembro en que resida, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado. 2. Los diputados al Parlamento Europeo serán elegidos por sufragio universal libre, directo y secreto. Artículo 40 Derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales Todo ciudadano de la Unión tiene derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales del Estado miembro en que resida, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado.