Según la disposición final 4.ª del TREBEP, hasta que se dicten las leyes de Función Pública y las normas reglamentarias de desarrollo, ¿qué ocurre con las normas vigentes en cada Administración sobre ordenación, planificación y gestión de recursos humanos?
- Se mantienen en vigor aunque se opongan al Estatuto
- Se mantienen en vigor solo en la Administración General del Estado
- Se mantienen en vigor en tanto no se opongan al Estatuto
- Quedan sin efecto desde la entrada en vigor del Estatuto
El apartado 2 de la disposición final 4.ª las mantiene en vigor en cada Administración Pública, pero solo en tanto no se opongan a lo establecido en el Estatuto. No se mantienen si lo contradicen, ni quedan sin efecto de golpe, y la regla vale para cada Administración, no solo para la del Estado.
Hasta que se dicten las leyes de Función Pública y las normas reglamentarias de desarrollo se mantendrán en vigor en cada Administración Pública las normas vigentes sobre ordenación, planificación y gestión de recursos humanos en tanto no se opongan a lo establecido en este Estatuto.