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Test de Los deberes y el código de conducta

Un bloque de Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) · 20 preguntas

El capítulo VI del título III del TREBEP: los deberes de los empleados públicos y los principios éticos y de conducta que los concretan.

Estudias la colección entera, con este bloque dentro: cada día, solo las preguntas que se te iban a caer.

Así son sus preguntas

Según el TREBEP, sobre los asuntos que conocen por razón de su cargo y que no son materias clasificadas ni de difusión prohibida, ¿qué deben mantener los empleados públicos?

  • La debida discreción sobre lo que conozcan por su cargo
  • El secreto, igual que sobre las materias clasificadas
  • Reserva solo hasta que se resuelva el procedimiento
  • Reserva solo ante quienes no tengan la condición de empleado público

El 53.12 separa dos deberes: secreto para las materias clasificadas u otras cuya difusión prohíba la ley, y la debida discreción para lo demás que se conoce por razón del cargo. Extender el secreto a todo es el error tentador; el precepto no limita la discreción en el tiempo ni según quién pregunte.

Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el art. 53.2 del TREBEP, la actuación de los empleados públicos se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia…

  • la eficacia y la eficiencia de la organización
  • la jerarquía y la coordinación administrativa
  • la transparencia y la rendición de cuentas
  • la imparcialidad y el interés común

El 53.2 orienta esas consideraciones objetivas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de posiciones personales, familiares, corporativas o clientelares. La eficacia y la eficiencia son del 53.8, que las liga a los objetivos de la organización; la jerarquía y la coordinación no figuran en el art. 53.

Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el art. 53.11 del TREBEP, al ejercer sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público, los empleados se abstendrán también de cualesquiera conductas que comprometan…

  • la eficacia en el ejercicio de los servicios públicos
  • la transparencia en el ejercicio de los servicios públicos
  • la neutralidad en el ejercicio de los servicios públicos
  • la economía en el ejercicio de los servicios públicos

El 53.11 extiende la abstención más allá de las conductas contrarias a la dedicación al servicio público: alcanza a las que comprometan la neutralidad. La eficacia y la economía son del 53.8, y la transparencia, de la lista del art. 52.

Ejercerán sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público absteniéndose no solo de conductas contrarias al mismo, sino también de cualesquiera otras que comprometan la neutralidad en el ejercicio de los servicios públicos.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el art. 53.9 del TREBEP, aun existiendo justa causa, un empleado público no influirá en ningún caso en la agilización de un trámite cuando ello…

  • se le haya pedido de palabra y no mediante escrito
  • afecte a un procedimiento que se inició de oficio
  • beneficie a una entidad pública que carece de ánimo de lucro
  • comporte un privilegio para un cargo público o su entorno

El 53.9 prohíbe influir en la agilización o resolución de un trámite sin justa causa y, «en ningún caso», cuando comporte un privilegio para los titulares de cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato, o un menoscabo de los intereses de terceros. Ni la forma de la petición, ni cómo se inició el procedimiento, ni quién se beneficia figuran entre esos límites.

No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

¿Cuál de estas reglas figura entre los principios éticos del art. 53 del TREBEP?

  • Obedecer las instrucciones y órdenes profesionales de sus superiores
  • Respetar la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico
  • Mantener actualizada su formación y su cualificación
  • Observar las normas sobre seguridad y salud laboral

El respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento es el primer principio ético (53.1). Obedecer las órdenes profesionales, mantener la formación y observar las normas de seguridad y salud laboral son principios de conducta: los apartados 3, 8 y 9 del art. 54.

Principios éticos. 1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el TREBEP, ¿qué regalos, favores o servicios en condiciones ventajosas deben rechazar los empleados públicos?

  • Los que vayan más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía
  • Todos, sean cuales sean su valor y la ocasión en que se ofrezcan
  • Solo los que procedan de entidades privadas, y nunca los de particulares
  • Solo los que procedan de quien tenga un asunto en trámite

El 54.6 no manda rechazar todo regalo: solo los que vayan más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo que establezca el Código Penal. El precepto no distingue según quién lo ofrezca ni según tenga o no un asunto pendiente.

Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

¿Cuál de estos principios figura en la lista del art. 52 del TREBEP, la de los principios con arreglo a los cuales deben actuar los empleados públicos?

  • La ejemplaridad
  • La lealtad
  • La buena fe
  • La economía

La ejemplaridad está en la lista del art. 52, entre la transparencia y la austeridad. La lealtad y la buena fe aparecen en el art. 53.3, y la economía, en el 53.8: son principios éticos, pero el art. 52 no los nombra.

deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el TREBEP, los empleados públicos garantizarán la constancia y permanencia de los documentos. ¿Con qué fin?

  • Para su remisión al archivo al cerrar el expediente
  • Para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables
  • Para su consulta por los interesados en cada procedimiento
  • Para acreditar su propia actuación ante la inspección

El 54.7 liga la constancia y permanencia de los documentos a su transmisión y entrega a quienes se hagan cargo de ellos después. El precepto no habla del archivo, del acceso de los interesados ni de la inspección.

Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Una funcionaria tiene que informar la solicitud de una empresa en la que tiene un interés personal. Según el TREBEP, ¿qué debe hacer?

  • Abstenerse solo si se lo ordena su superior
  • Abstenerse de intervenir en ese asunto
  • Informarla con objetividad y dejar constancia
  • Informarla solo con autorización de su superior

El art. 53.5 manda abstenerse en los asuntos en los que se tenga un interés personal, sin condicionarlo a una orden ni a una autorización del superior. Informar con objetividad no es una alternativa que ofrezca el precepto: el deber es apartarse del asunto.

Se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el TREBEP, ¿a quién pondrán los empleados públicos en conocimiento las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de su unidad?

  • A la Junta de Personal o a los delegados de personal
  • A los órganos de inspección procedentes
  • A la Mesa General de Negociación de su Administración
  • A sus superiores o a los órganos competentes

El 54.10 manda llevar las propuestas de mejora a los superiores o a los órganos competentes, y permite crear una instancia que centralice su recepción. Los órganos de inspección son los que el 54.3 menciona para otra comunicación, y la Junta de Personal y la Mesa General son órganos de representación y de negociación, no el destino que fija el precepto.

Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
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