Además de los que enumera uno a uno, ¿qué otros derechos de carácter individual reconoce el art. 14 del TREBEP a los empleados públicos?
- Solo los que recoge la Constitución
- Los demás reconocidos por el ordenamiento jurídico
- Los que el ordenamiento jurídico atribuya a su cuerpo o escala
- Los que acuerde cada órgano de gobierno
La última letra del art. 14, la q), cierra la lista con los demás derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico, no solo por la Constitución. Ni la Mesa ni el órgano de gobierno son los que los reconocen.
q) A los demás derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.