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Test de La jornada, los permisos y las vacaciones

Un bloque de Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) · 44 preguntas

El capítulo V del título III del TREBEP: la jornada, el teletrabajo, los permisos, los de conciliación y por razón de violencia, y las vacaciones, con los días adicionales por antigüedad y el permiso por gestación de sus disposiciones adicionales.

Estudias la colección entera, con este bloque dentro: cada día, solo las preguntas que se te iban a caer.

Así son sus preguntas

¿Qué permiso reconoce el TREBEP al funcionario que traslada su domicilio sin cambiar de residencia?

  • Un día
  • Dos días
  • Tres días
  • Cuatro días

Un día. Es el permiso más corto de los que el art. 48 cuenta en días: por debajo incluso de los dos días hábiles del fallecimiento de un familiar de segundo grado en la misma localidad.

Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el TREBEP, ¿de cuántas vacaciones retribuidas disfruta un funcionario que ha prestado servicio durante todo el año natural?

  • Treinta días naturales
  • Veintidós días naturales
  • Veinticinco días hábiles
  • Veintidós días hábiles

Veintidós días hábiles, o la parte proporcional si el servicio fue menor. Veintidós días naturales cambia la unidad, y los treinta días naturales son el mínimo del Estatuto de los Trabajadores, no el del funcionario.

Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de veintidós días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el TREBEP, ¿desde qué semana de embarazo podrá cada Administración establecer un permiso retribuido para la funcionaria cuya gestación no es múltiple?

  • Desde la semana 35
  • Desde la semana 36
  • Desde la semana 37
  • Desde la semana 39

Desde el primer día de la semana 37 y hasta el parto; la semana 35 es la de la gestación múltiple. Es una facultad que cada Administración podrá establecer en su ámbito, no un permiso que el Estatuto conceda por sí mismo.

Cada Administración Pública, en su ámbito, podrá establecer a las funcionarias en estado de gestación, un permiso retribuido, a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Según el TREBEP, ¿quién establece la jornada general y las jornadas especiales de trabajo de los funcionarios públicos?

  • Cada Administración Pública, para sus funcionarios
  • El propio Estatuto, con una jornada común para todas
  • El Gobierno de la Nación, para todas las Administraciones
  • La mesa general de negociación de cada Administración

El art. 47.1 encarga a las Administraciones Públicas establecer la jornada general y las especiales de sus funcionarios: el Estatuto no fija ninguna cifra de horas. La jornada es materia de negociación (art. 37.1.m), pero quien la establece es la Administración.

Las Administraciones Públicas establecerán la jornada general y las especiales de trabajo de sus funcionarios públicos.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

¿Cómo computa el tiempo de los permisos por nacimiento, por adopción y del progenitor diferente de la madre biológica, según el TREBEP?

  • Como servicio efectivo a todos los efectos
  • Como servicio efectivo, salvo para la carrera profesional
  • Solo a efectos de trienios y de Seguridad Social
  • Como servicio efectivo, si se disfruta a jornada completa

El art. 49 computa el tiempo de estos permisos como de servicio efectivo a todos los efectos, con plenitud de derechos económicos. No hace salvedad por la carrera ni por disfrutarlos a tiempo parcial.

En los casos previstos en los apartados a), b), y c) el tiempo transcurrido durante el disfrute de estos permisos se computará como de servicio efectivo a todos los efectos
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

En materia de teletrabajo, ¿por qué normas se rige el personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, según el TREBEP?

  • Por el Estatuto de los Trabajadores y su convenio colectivo
  • Por lo previsto en el TREBEP y en sus normas de desarrollo
  • Por el acuerdo individual que firme con su propia Administración
  • Por el TREBEP, en lo que no regule su convenio colectivo

El art. 47 bis.5 remite al laboral, en teletrabajo, al propio Estatuto y a sus normas de desarrollo. El distractor tentador es el Estatuto de los Trabajadores, que rige al laboral en otras materias, pero no en esta.

El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se regirá, en materia de teletrabajo, por lo previsto en el presente Estatuto y por sus normas de desarrollo.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

A efectos de las vacaciones de los funcionarios, ¿cómo cuentan los sábados según el TREBEP?

  • Son días hábiles, salvo que coincidan con un festivo
  • No son hábiles, salvo adaptaciones para horarios especiales
  • Son hábiles, y se descuentan como cualquier otro día laborable
  • Cuentan como medio día hábil cada uno

El art. 50.1 dice que, a efectos de vacaciones, los sábados no se consideran días hábiles, sin perjuicio de las adaptaciones que se establezcan para los horarios especiales. Por eso los veintidós días hábiles no se gastan en sábados.

A los efectos de lo previsto en el presente artículo, no se considerarán como días hábiles los sábados, sin perjuicio de las adaptaciones que se establezcan para los horarios especiales.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Del permiso por nacimiento de la madre biológica, ¿hasta cuándo pueden ejercitarse las once semanas que siguen al descanso obligatorio?

  • Hasta que el hijo cumpla seis meses
  • Hasta que el hijo cumpla nueve meses
  • Hasta que el hijo cumpla doce meses
  • Hasta que el hijo cumpla dieciocho meses

Hasta que el hijo cumpla doce meses, desde el final del descanso obligatorio. El límite de los ocho años es el de otra parte del permiso, no el de estas once semanas.

Once semanas, veintidós en el caso de monoparentalidad, que podrán distribuirse a voluntad de la madre, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Si los dos progenitores son funcionarios, ¿cómo queda el permiso por lactancia según el TREBEP?

  • Hay uno solo, y deciden de mutuo acuerdo cuál de los dos lo disfruta
  • Hay uno solo, que corresponde siempre a la madre
  • Cada uno tiene el suyo, y ninguno puede transferirlo al otro
  • Cada uno tiene el suyo, y pueden cedérselo entre ellos

El art. 48.f) lo configura como un derecho individual de cada funcionario, sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor. Por eso no hay un permiso único que se reparta, ni cabe que uno ceda su tiempo al otro.

El permiso contemplado en este apartado constituye un derecho individual de los funcionarios, sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor, adoptante, guardador o acogedor.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Si el neonato debe permanecer hospitalizado tras el parto, ¿cuánto puede ampliarse como máximo el permiso por nacimiento, según el TREBEP?

  • Seis semanas adicionales
  • Ocho semanas adicionales
  • Diez semanas adicionales
  • Trece semanas adicionales

Se amplía en tantos días como dure la hospitalización, con un máximo de trece semanas adicionales. Las seis semanas son el descanso obligatorio tras el parto, no la ampliación.

este permiso se ampliará en tantos días como el neonato se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
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