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El control de armas, explosivos, establecimientos y espectáculos

14 preguntas · en 2 colecciones

El capítulo IV de la Ley Orgánica 4/2015 (artículos 25 a 29) y su disposición adicional primera: las actividades obligadas a llevar un registro documental, los establecimientos e instalaciones que tienen que adoptar medidas de seguridad, los espectáculos y las actividades recreativas, el control administrativo de las armas, los explosivos, la cartuchería y los artículos pirotécnicos, las medidas de control y el control de los precursores.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el artículo 27.4 de la Ley Orgánica 4/2015, ¿a qué medidas quedan sujetos, en todo caso, los espectáculos deportivos?

  • A las de seguridad del reglamento específico federativo
  • A las de orden público que pacte el club con la policía
  • A las de aforo que dicte el ayuntamiento del recinto
  • A las de prevención de la violencia de su ley específica

El art. 27.4 remite los espectáculos deportivos, «en todo caso», a las medidas de prevención de la violencia de la legislación específica contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. La fuente de esas medidas es esa legislación, no el reglamento de una federación, un acuerdo del club con la policía ni una decisión del ayuntamiento.

Los espectáculos deportivos quedarán, en todo caso, sujetos a las medidas de prevención de la violencia dispuestas en la legislación específica contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

Entre las actividades que el artículo 25.1 de la Ley Orgánica 4/2015 sujeta a registro documental está la venta de productos químicos peligrosos. ¿Qué venta nombra?

  • La que se hace a los particulares
  • La que se hace a otras empresas del sector
  • La que se hace a laboratorios autorizados
  • La que se hace a las Administraciones públicas

La lista del art. 25.1 se cierra con los establecimientos «de venta de productos químicos peligrosos a particulares». El destinatario es lo que importa: la ley nombra la venta al particular, no la que se hace a otras empresas, a laboratorios o a las Administraciones públicas.

o de venta de productos químicos peligrosos a particulares, quedarán sujetas a las obligaciones de registro documental e información en los términos que establezcan las disposiciones aplicables.
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

Según el artículo 27.3 de la Ley Orgánica 4/2015, ¿qué determina los supuestos en que los delegados de la autoridad deben estar presentes en la celebración de espectáculos y actividades recreativas?

  • La autoridad que autoriza cada espectáculo
  • El plan de autoprotección específico del recinto
  • El jefe policial de la demarcación
  • La normativa específica de la materia

El art. 27.3 no deja la presencia de los delegados de la autoridad a una decisión caso a caso: remite a la normativa específica, que es la que determina en qué supuestos tienen que estar. No la decide la autoridad que autoriza el espectáculo, ni el plan de autoprotección del recinto, ni el mando policial del lugar.

La normativa específica determinará los supuestos en los que los delegados de la autoridad deban estar presentes en la celebración de los espectáculos y actividades recreativas
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

Según el artículo 29.1.b) de la Ley Orgánica 4/2015, ¿qué carácter tiene la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para armas de defensa personal?

  • Restrictivo, ceñido a supuestos de estricta necesidad
  • Reglado, para quien reúna los requisitos generales
  • Discrecional, según el criterio del Delegado del Gobierno
  • Excepcional, reservado a quien ya tenga otra licencia

El art. 29.1.b) obliga a tener licencia, permiso o autorización para adquirir, tener y usar armas de fuego, y endurece el régimen de las de defensa personal: su expedición tiene carácter restrictivo y la concesión se limita a supuestos de estricta necesidad. No basta con reunir los requisitos generales, la ley no lo deja al criterio de una autoridad concreta ni lo condiciona a tener ya otra licencia.

cuya expedición tendrá carácter restrictivo cuando se trate de armas de defensa personal, en relación con las cuales la concesión de las licencias, permisos o autorizaciones se limitará a supuestos de estricta necesidad.
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

Según el artículo 28.2 de la Ley Orgánica 4/2015, ¿cuándo pueden los servicios que ejercen la intervención de armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos inspeccionar los espacios destinados a su fabricación o depósito?

  • Solo con autorización judicial previa
  • Tras una denuncia por irregularidades
  • En cualquier momento, si son necesarias
  • En el horario de actividad del espacio

El art. 28.2 habilita a los servicios que ejercen la intervención de armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos para hacer «en cualquier momento» las inspecciones y comprobaciones necesarias en los espacios de fabricación, depósito, comercialización o utilización. La ley no las condiciona a una autorización judicial previa, a una denuncia ni al horario de actividad: el único límite que pone es que sean necesarias.

La intervención de armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos corresponde al Ministerio del Interior, que la ejerce a través de la Dirección General de la Guardia Civil, cuyos servicios están habilitados para realizar en cualquier momento las inspecciones y comprobaciones que sean necesarias
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo
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Un concierto al aire libre ya ha empezado cuando la autoridad aprecia un peligro cierto para las personas y los bienes. Según el artículo 27.2 de la Ley Orgánica 4/2015, ¿puede aún intervenir sobre el espectáculo?

  • No, la prohibición solo cabía antes de empezar
  • Sí, si lo autoriza antes el juez de guardia
  • Sí, puede suspenderlo mientras se celebra
  • No, le queda sancionar después al organizador

El art. 27.2 da a las autoridades dos medidas según el momento: prohibir el espectáculo y, «en caso de estar celebrándose», suspenderlo. Basta un peligro cierto para personas y bienes, o graves alteraciones de la seguridad ciudadana ocurridas o previstas. Que ya haya empezado no cierra la puerta, y el artículo no pide ninguna autorización judicial para suspenderlo.

En particular, podrán prohibir y, en caso de estar celebrándose, suspender los espectáculos y actividades recreativas cuando exista un peligro cierto para personas y bienes
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

Según la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 4/2015, ¿por qué se rige el régimen sancionador aplicable a las infracciones de las normas comunitarias e internacionales de vigilancia del comercio de precursores de drogas y explosivos?

  • Por lo que dispongan sus legislaciones específicas
  • Por el régimen sancionador de esta misma ley orgánica
  • Por la legislación específica de seguridad privada
  • Por la normativa de la comunidad autónoma donde ocurran

La disposición adicional primera saca de esta ley el control de los precursores de drogas y explosivos: tanto el otorgamiento de licencias de actividad como el régimen sancionador por infringir las disposiciones comunitarias e internacionales de vigilancia de su comercio se rigen por sus legislaciones específicas. No se aplica el régimen sancionador de la propia Ley Orgánica 4/2015, ni la legislación de seguridad privada, ni una normativa autonómica. Ojo: la disposición habla de precursores, no de los explosivos catalogados, cuya fabricación, comercio o tenencia sin cumplir la normativa sí tipifica esta ley como infracción (artículos 35.2 y 36.12).

El sistema de otorgamiento de licencias de actividad, así como el régimen sancionador aplicable en caso de infracción de las disposiciones comunitarias e internacionales para la vigilancia del comercio de precursores de drogas y explosivos se regirá por lo dispuesto en sus legislaciones específicas.
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

Según el artículo 28.1 de la Ley Orgánica 4/2015, ¿a quién corresponde regular los requisitos y condiciones de fabricación, comercio, tenencia y utilización de las armas?

  • A Defensa
  • Al Gobierno
  • A las Cortes
  • A Interior

El art. 28.1 atribuye al Gobierno tres cosas: regular los requisitos y condiciones de las armas, sus imitaciones, réplicas y piezas fundamentales; regular los de explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos, y adoptar las medidas de control para que se cumplan. El Ministerio del Interior aparece en el apartado siguiente, pero para la intervención de armas, no para regular sus requisitos; y la ley no deja esa regulación ni a Defensa ni a las Cortes.

1. Corresponde al Gobierno: a) La regulación de los requisitos y condiciones de fabricación, reparación, circulación, almacenamiento, comercio, adquisición, enajenación, tenencia y utilización de armas
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

El artículo 25.1 de la Ley Orgánica 4/2015 sujeta a registro documental el acceso comercial a servicios telefónicos o telemáticos de uso público. ¿Con qué condición lo nombra?

  • Que se preste en una red de titularidad pública
  • Que se preste en estaciones de transporte de viajeros
  • Que se preste con terminales de pago anónimo
  • Que se preste en establecimientos abiertos al público

El art. 25.1 no habla de cualquier acceso a servicios telefónicos o telemáticos, sino del que se da comercialmente «mediante establecimientos abiertos al público»: el local al que cualquiera entra a llamar o a conectarse. Lo que cuenta es el establecimiento abierto, no quién es el titular de la red, ni que el local esté en una estación, ni la forma de pago del terminal.

acceso comercial a servicios telefónicos o telemáticos de uso público mediante establecimientos abiertos al público
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

El delegado de la autoridad presente en un festival aprecia graves alteraciones de la seguridad ciudadana y razones de máxima urgencia para suspenderlo. Según el artículo 27.3 de la Ley Orgánica 4/2015, ¿qué tiene que hacer antes?

  • Pedir la conformidad de la autoridad que lo designó
  • Dar aviso previo a los organizadores del evento
  • Levantar acta con la firma de los organizadores
  • Ordenar antes el desalojo voluntario del público

El art. 27.3 permite a los delegados de la autoridad suspender el espectáculo por razones de máxima urgencia, en los supuestos del apartado anterior, con un único requisito previo: el aviso a los organizadores. No necesitan la conformidad de quien los designó, ni la firma de los organizadores, ni desalojar antes al público.

La normativa específica determinará los supuestos en los que los delegados de la autoridad deban estar presentes en la celebración de los espectáculos y actividades recreativas, los cuales podrán proceder, previo aviso a los organizadores, a la suspensión de los mismos por razones de máxima urgencia en los supuestos previstos en el apartado anterior.
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

El artículo 25.1 de la Ley Orgánica 4/2015 pone ejemplos de actividades relevantes para la seguridad ciudadana, sujetas a registro documental e información. ¿Cuál de estas nombra?

  • La venta de teléfonos móviles
  • La cerrajería de seguridad
  • El alquiler de trasteros
  • La gestión de aparcamientos

El art. 25.1 enumera, «como» ejemplos, actividades relevantes para la seguridad ciudadana: hospedaje, transporte de personas, comercio o reparación de objetos usados, alquiler o desguace de vehículos de motor, compraventa de joyas y metales, objetos u obras de arte, cerrajería de seguridad, centros gestores de residuos metálicos, establecimientos de comercio al por mayor de chatarra o productos de desecho y venta de productos químicos peligrosos. Lo telefónico que nombra no es vender teléfonos, sino dar acceso comercial a servicios telefónicos o telemáticos; ni los trasteros ni los aparcamientos están en la lista.

Las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades relevantes para la seguridad ciudadana, como las de hospedaje, transporte de personas, acceso comercial a servicios telefónicos o telemáticos de uso público mediante establecimientos abiertos al público, comercio o reparación de objetos usados, alquiler o desguace de vehículos de motor, compraventa de joyas y metales, ya sean preciosos o no, objetos u obras de arte, cerrajería de seguridad
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

El artículo 29.1.b) de la Ley Orgánica 4/2015 exige, en todo caso, que quien solicita una licencia, permiso o autorización de armas de fuego preste su consentimiento expreso. ¿Para qué?

  • Para que se inspeccione el lugar donde guardará el arma
  • Para que se consulte su historial médico y psicológico
  • Para que se recaben sus antecedentes penales
  • Para que se compruebe su actividad en un club de tiro

Para conceder estas licencias se tienen en cuenta la conducta y los antecedentes del interesado, y por eso el art. 29.1.b) exige que el solicitante consienta expresamente, a favor del órgano de la Administración General del Estado que tramita su solicitud, que se recaben sus antecedentes penales. El consentimiento que pide la ley es ese; no menciona inspecciones del lugar de custodia, ni el historial médico, ni la actividad deportiva.

En todo caso, el solicitante prestará su consentimiento expreso a favor del órgano de la Administración General del Estado que tramita su solicitud para que se recaben sus antecedentes penales.
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

Según el artículo 25.2 de la Ley Orgánica 4/2015, junto a los titulares de aeronaves ligeras, ¿qué otros titulares están obligados a realizar las actuaciones de registro documental e información previstas en la normativa vigente?

  • Los de motocicletas de alta cilindrada
  • Los de embarcaciones de gran eslora
  • Los de embarcaciones de alta velocidad
  • Los de autocaravanas de gran tamaño

El art. 25.2 añade a las actividades del 25.1 dos clases de titulares de vehículos, y solo dos: los de embarcaciones de alta velocidad y los de aeronaves ligeras. Lo que lleva a una embarcación a la lista es la alta velocidad, no la eslora; ni las motocicletas ni las autocaravanas aparecen en el artículo.

Los titulares de embarcaciones de alta velocidad, así como los de aeronaves ligeras estarán obligados a realizar las actuaciones de registro documental e información previstas en la normativa vigente.
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

El artículo 26 de la Ley Orgánica 4/2015 permite exigir, por vía reglamentaria, medidas de seguridad en establecimientos e instalaciones industriales, comerciales y de servicios. ¿Qué más nombra expresamente?

  • Las infraestructuras críticas
  • Los edificios de viviendas
  • Los centros docentes públicos
  • Los autobuses de viajeros

El art. 26 nombra dos ámbitos: los establecimientos e instalaciones industriales, comerciales y de servicios, «así como» las infraestructuras críticas, y lo enlaza con la legislación de infraestructuras críticas, la de seguridad privada y otra normativa sectorial. Ni las viviendas, ni los centros docentes, ni los autobuses de viajeros aparecen en el artículo.

podrá establecerse la necesidad de adoptar medidas de seguridad en establecimientos e instalaciones industriales, comerciales y de servicios, así como en las infraestructuras críticas
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo