Según el Código Civil, ¿qué efectos produce el error de derecho?
- Ninguno, porque la ignorancia de la ley no excusa
- Los mismos que el error sobre los hechos
- Los que el juez aprecie según la equidad
- Únicamente los que las leyes determinen
El 6.1 no niega todo efecto al error de derecho: dice que producirá «únicamente aquellos efectos que las leyes determinen». La primera opción es la tentadora, porque mezcla esta regla con la frase anterior del mismo apartado sobre la ignorancia de las leyes; pero el error de derecho puede tener efectos, solo que los fija la ley, no el juez ni la equiparación con el error de hecho.
El error de derecho producirá únicamente aquellos efectos que las leyes determinen.