Según el art. 607.2 del Código Penal, ¿para qué es la inhabilitación especial que se impone además en todos los casos del genocidio?
- Para empleo o cargo público
- Para profesión u oficio educativos
- Para el derecho de sufragio pasivo
- Para la patria potestad o la tutela
El art. 607.2 la limita a la profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, y la alarga entre tres y cinco años más que la pena privativa de libertad impuesta. El art. 607 bis.3 prevé la misma pena para la lesa humanidad. Los cargos públicos, el sufragio pasivo y la patria potestad no se nombran en este apartado.
En todos los casos se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre