Según el art. 221.1 del Código Penal, ¿qué exige para castigar la entrega de un hijo, descendiente o cualquier menor a otra persona, eludiendo los procedimientos legales de la guarda, acogimiento o adopción?
- Una relación de parentesco
- Una compensación económica
- Una situación de necesidad
- Violencia o intimidación
El art. 221.1 castiga la entrega a cambio de un precio. El parentesco no hace falta: el artículo alcanza a cualquier menor «aunque no concurra relación de filiación o parentesco». Ni la necesidad ni la violencia o la intimidación aparecen entre sus requisitos.
Los que, mediando compensación económica, entreguen a otra persona un hijo, descendiente o cualquier menor aunque no concurra relación de filiación o parentesco