Según el art. 2 de la Directiva (UE) 2023/1791, ¿quién es «distribuidor de energía»?
- La persona física o jurídica que vende energía al cliente final
- La persona física o jurídica responsable del transporte de energía para su entrega a los clientes finales
- La persona física o jurídica que compra energía para destinarla a su propio uso final
- La persona física o jurídica que presta servicios energéticos en los locales de un cliente final
Al distribuidor (punto 25) lo define la responsabilidad del transporte con vistas a la entrega a los clientes finales o a las compañías de distribución que les venden, e incluye a los gestores de redes de distribución. Vender al cliente final es propio de la empresa minorista (punto 27), comprar para el propio uso, del cliente final (punto 28), y prestar servicios energéticos, del proveedor (punto 29).
«distribuidor de energía»: toda persona física o jurídica, incluidos los gestores de redes de distribución, que es responsable del transporte de energía con vistas a su entrega a los clientes finales