Según el artículo 22 de la Ley Orgánica 4/2015, la autoridad gubernativa y, en su caso, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden grabar personas, lugares u objetos con cámaras de videovigilancia fijas o móviles. ¿Qué condición deben cumplir esas cámaras?
- Contar con autorización judicial previa en cada caso
- Estar autorizadas conforme a la legislación vigente
- Contar con autorización del Ministerio Fiscal en cada caso
- Haber sido cedidas por una empresa de seguridad privada
El artículo 22 exige que las cámaras, fijas o móviles, estén legalmente autorizadas, de acuerdo con la legislación vigente en la materia. No pide una autorización judicial ni del Ministerio Fiscal en cada caso, y no habla de cámaras cedidas por empresas de seguridad privada.
La autoridad gubernativa y, en su caso, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán proceder a la grabación de personas, lugares u objetos mediante cámaras de videovigilancia fijas o móviles legalmente autorizadas, de acuerdo con la legislación vigente en la materia.