Según el art. 45.1 del Código de Conducta del personal de la Guardia Civil, ¿con qué deberá ser lo más respetuosa posible la detención de una persona?
- Con su persona, su reputación y su patrimonio
- Con su intimidad, su domicilio y su familia
- Con su reputación, su imagen y su dignidad
- Con su salud, su seguridad y su defensa
El art. 45.1 del Código de Conducta pide que la detención se haga de la forma más respetuosa con la reputación, la imagen y la dignidad de la persona: lo que una detención expone ante los demás. «Persona, reputación y patrimonio» es la fórmula con que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (art. 520.1) pide practicar toda detención de la forma que menos perjudique; obliga también a la Guardia Civil, pero no es la lista del Código, que añade la imagen y la dignidad y no nombra el patrimonio. La intimidad, el domicilio, la familia, la salud, la seguridad o la defensa son ámbitos que la detención afecta, pero que este apartado no nombra.
La detención de una persona deberá hacerse de la forma más respetuosa con su reputación, imagen y dignidad.