Según la Ley 4/2023, ¿cómo se desglosan los datos de los estudios y estadísticas públicos sobre la discriminación de las personas LGTBI?
- Por el territorio en que se recoge cada dato, siempre que sea posible
- Por el territorio en que se recoge cada dato, en todo caso y sin salvedad
- Por las causas de discriminación de la ley, siempre que sea posible
- Por las causas de discriminación de la ley, en todo caso y sin salvedad
Las dos piezas: el criterio es el de las causas discriminatorias previstas en la ley, no el territorio; y el desglose tiene una salvedad, porque se hace siempre que sea posible y no en todo caso.
Estos datos se desglosarán en función de las causas discriminatorias previstas en esta ley siempre que sea posible.