Según el RD 364/1995, una vez aprobada la oferta de empleo público, ¿quién convoca el proceso selectivo para las vacantes de un Cuerpo o Escala de funcionarios?
- La Dirección General de la Función Pública
- El Gobierno al aprobar la oferta
- El departamento al que está adscrito
- El tribunal del proceso selectivo
La Dirección General de la Función Pública no convoca: el art. 9 le da un informe favorable previo a la convocatoria, que corresponde a cada departamento según la adscripción del Cuerpo o Escala. El Gobierno aprueba la oferta y no las convocatorias, y el tribunal actúa dentro de un proceso ya convocado.
Aprobada la oferta de empleo público, los Departamentos a los que figuren adscritos los correspondientes Cuerpos y Escalas de funcionarios procederán a la convocatoria de los procedimientos selectivos de acceso para las vacantes previstas de dichos Cuerpos o Escalas, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.