Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿a quién corresponde acordar la declaración de un funcionario en excedencia voluntaria incentivada?
- Al Subsecretario del departamento en que presta sus servicios
- Al Delegado del Gobierno en la comunidad donde presta servicios
- Al Consejo de Ministros, a propuesta del ministerio del funcionario
- A la Secretaría de Estado competente en función pública
El artículo 18.3 la atribuye a la Secretaría de Estado que tiene a su cargo la función pública; el texto la llama por su nombre de 1995. Ni el Subsecretario, ni el Delegado del Gobierno, ni el Consejo de Ministros intervienen en esta declaración.
Corresponde a la Secretaría de Estado para la Administración Pública acordar la declaración de esta situación.